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Cambios en el permiso de conducir a partir de 2026: la norma de la DGT que afecta a los conductores nacidos entre 1956 y 1961

La Dirección General de Tráfico recuerda que la continuidad al volante se basa en la aptitud del conductor, no en su fecha de nacimiento

Imagen de una autovía

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Marisol Plaza Sánchez

Marisol Plaza Sánchez

Ibiza

El permiso de conducir sigue siendo un documento esencial para millones de ciudadanos. No solo permite desplazarse con libertad, sino que también es una herramienta imprescindible para muchos profesionales. Por eso, perderlo o no poder renovarlo puede convertirse en un problema importante.

En España, sin embargo, no existe una edad máxima para dejar de conducir. La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que la continuidad al volante no depende de la fecha de nacimiento, sino del estado físico, sensorial y cognitivo de cada conductor.

Renovaciones más frecuentes desde los 65 años

A partir de los 65 años, la DGT reduce el periodo de vigencia del permiso de conducir con el objetivo de reforzar la seguridad vial. La medida busca que los reconocimientos médicos sean más frecuentes y permitan comprobar que el conductor mantiene las aptitudes necesarias para seguir circulando con seguridad.

Los periodos máximos de renovación quedan establecidos de la siguiente forma:

  • Cada 5 años para los permisos AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción.
  • Cada 3 años para los permisos profesionales de camiones y autobuses, como C, C1, D, D1, EC, EC1, ED o ED1.

Qué ocurre con los conductores nacidos en 1961

En 2026, los conductores nacidos en 1961 cumplirán 65 años. Esto significa que, si les corresponde renovar el permiso, pasarán a hacerlo cada 5 años en lugar de cada 10, tal y como establece la normativa vigente.

Este cambio no implica ninguna limitación automática para conducir. Únicamente aumenta la frecuencia con la que deben superar el reconocimiento médico obligatorio.

Exención de tasas para mayores de 70 años

Los conductores mayores de 70 años no tienen que pagar las tasas de renovación del permiso. No obstante, sí deben abonar el coste del reconocimiento médico obligatorio.

Este examen debe realizarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por la DGT. El propio centro se encarga de comunicar directamente el resultado a Tráfico. Además, las personas mayores de 70 años pueden realizar la gestión sin necesidad de solicitar cita previa.

En 2026, esta exención afecta a los conductores nacidos en 1956, siempre que les corresponda renovar el permiso durante este año.

La edad no impide conducir

La DGT y el RACE insisten en que ningún colectivo queda excluido automáticamente de la conducción por razón de edad. Mientras el conductor supere las pruebas médicas y psicotécnicas, puede renovar el permiso sin límite de edad.

Solo deberán dejar de conducir aquellas personas que:

  • No superen el reconocimiento médico obligatorio.
  • Presenten limitaciones físicas, sensoriales o cognitivas incompatibles con una conducción segura.
  • Tengan el permiso retirado por resolución administrativa o judicial.

Qué se evalúa en el reconocimiento médico

Los Centros de Reconocimiento de Conductores son los encargados de comprobar si una persona conserva las condiciones necesarias para conducir. Para ello realizan los conocidos tests psicotécnicos, en los que se evalúan aspectos como la visión, la audición, la coordinación, los reflejos y el estado cognitivo.

Si el conductor supera estas pruebas, podrá renovar su permiso y seguir conduciendo, independientemente de su edad.

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