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El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: puedes pedir estos 5 días tantas veces como lo necesites

El abogado laboralista Juanma Lorente desmiente varios mitos en torno a este derecho que tienen los trabajadores

Imagen de archivo de trabajadores de hostelería

PI STUDIO

O. Casado

Todos los trabajadores tienen derecho al descanso y así queda recogido en el Estatuto de los Trabajadores. En su artículo 38.1 queda recogido que el periodo de vacaciones anuales retribuidas no podrán ser inferiores a 30 días naturales y no pueden ser sustituidos por una compensación económica.

Pero a lo largo del año los trabajadores también pueden disfrutar de otros permisos que le permiten ausentarse de su puesto de trabajo. Por ejemplo, el texto legal recoge que corresponden 15 días naturales en caso de matrimonio o pareja de hecho o un día por traslado de domicilio habitual, entre otros.

Otro de estos permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.3) es el de “cinco días por accidente o enfermedades graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o pariente de hasta segundo grado por consanguinidad”. Además, en este punto añade que este permiso también es válido para una persona “que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera cuidado efectivo de aquella”.

Leyendo este texto el abogado laboralista Juanma Lorente apunta en su canal de Tiktok (@juanmalorentelaboralista) que “es un mito que sólo puede pedirse una vez al año. Si por mala suerte tienes varias hospitalizaciones al año podrás pedir este permiso tantas veces como te haga falta”, comenta en una de sus últimas publicaciones. En este sentido, añade que “si la empresa no te da estos días es un incumplimiento grave. Tendrás que demandar a la empresa si esto te pasa”.

También debes saber que este permiso es remunerado y estos días no computan como vacaciones ni afectan a otros permisos laborales que puedas disfrutar. 

Dentro de los mitos sobre este permiso, también se cree que estos días hay que contarlos como naturales, incluyendo fines de semana y festivos, pero no, son días hábiles y efectivos de trabajo. Igualmente, tampoco es necesario que las personas por la que pidas el permiso sean familiares, tal y como recoge el texto, puedes convivir con estas personas si estas dependen de ti para su cuidado.

Cómo pedir este permiso en tu empresa

En otro de sus vídeos, Juanma Lorente explicaba que este permiso debe solicitarse con antelación suficiente (siempre que sea posible) y dejar constancia del mismo por escrito mediante un correo electrónico o mediante un documento registrado. 

Igualmente, ofrece un modelo de texto que puedes copiar y completar para enviar a tu empresa rellenando las casillas libres.

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