Nueva normativa

En Santa Cruz de Tenerife, ni fumar en la playa ni escupir en la calle

El BOP publica el texto íntegro de la nueva norma municipal de Limpieza y Residuos de la capital, que será de obligado cumplimiento desde el 17 de enero, y que también multa por tirar al suelo cualquier tipo de artículo masticable y sus envoltorios, específicamente los chicles, caramelos, pipas y similares

Una ciudadana fuma en la playa de Las Teresitas.

Una ciudadana fuma en la playa de Las Teresitas. / Andrés Gutiérrez

Eloísa Reverón

La nueva Ordenanza de Residuos y Limpieza de Santa cruz de Tenerife, que incluye nuevas prohibiciones, como fumar en las playas o escupir en la calle, y que incrementa todas las cuantías de las multas, comenzará a aplicarse a partir del 17 de enero. El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Santa Cruz de Tenerife publicó este lunes, 26 de diciembre, el texto íntegro de la normativa que sustituye a la aprobada en 2001, anunciando su entrada en vigor "a los 15 días hábiles de su publicación".

Con la denominada Ordenanza Municipal de Gestión de Residuos y Limpieza de Espacios Públicos para una Económica Circular, el Ayuntamiento de la capital tinerfeña regula el servicio de recogida de basura en el municipio conforme a la legalidad vigente; establece "normas claras que contribuyan a la consecución de unos espacios públicos saludables, agradables y atractivos"; e implanta un régimen sancionador dirigido a "erradicar comportamientos del todo incompatibles con la convivencia ciudadana y la sostenibilidad del medio urbano y natural", elevando las sanciones "hasta el máximo legal permitido".

En este sentido, las cuantías de las multas pueden llegar hasta los 3,5 millones de euros, en el caso de los incumplimientos muy graves relacionados con la gestión de residuos, multiplicando por 60 la cuantía máxima que recoge la ordenanza anterior, que se sitúa en 60.000 euros. En cuanto a las infracciones leves que ya existían en materia de limpieza, como por ejemplo orinar en las calles de Santa Cruz, las multas pasan de 90 a 750 euros. Con respecto a las graves, como depositar la basura fuera de los contenedores, se pasa de 150 a un mínimo de 2.001 euros, pues éstas pueden llegar hasta los 100.000 euros.

Asimismo, esta ordenanza municipal introduce nuevas infracciones o prohibiciones, entre las que se encuentran escupir en la calle, arrojar pipas y chicles al suelo, colocar publicidad en los coches, sacudir ropa o similares desde las ventanas, y fumar en las playas del municipio. En todos estos casos, la cuantía de las sanciones asciende a 750 euros.

Para vigilar el cumplimiento de la ordenanza, y según ha informado el concejal de Servicios Públicos, Carlos Tarife, del PP, se contará con un equipo formado por cinco inspectores, además de con la colaboración de los agentes de la Policía Local.

La norma también introduce otras novedades como la creación de una tasa para penalizar a quiénes más contaminen, de manera que ésta «recoja el coste del servicio y sea más personalizada»; la obligación de separar los residuos; la posibilidad de contar con contenedores de uso exclusivo; o la obligación, para los grande generadores de residuos, de gestionarlos «por sí mismos y al margen del sistema de recogida municipal», entregándolos a una entidad gestora autorizada.

Prohibiciones

Entre las numerosas prohibiciones incluidas en esta nueva ordenanza municipal se encuentran tirar o depositar cualquier tipo de residuo en espacios públicos o solares, aunque sean privados; tirar al suelo cualquier tipo de artículo masticable y sus envoltorios, específicamente los chicles, caramelos, pipas y similares; defecar, miccionar o escupir en la calle; sacudir alfombras, prendas o similares desde ventanas, balcones o terrazas; alimentar a animales no domésticos, como palomas, ratas y gatos callejeros; depositar las bolsas u otros residuos fuera de los contenedores; colocar octavillas y similares en los vehículos; ensuciar la vía pública con residuos de las obras; la extracción o rebusca de los residuos en contenedores o papeleras; realizar pintadas sobre cualquier elemento del espacio público; y fumar en las playas y zonas de baño del municipio, "salvo en las zonas especialmente habilitadas por el Ayuntamiento".

Obligaciones

Entre las obligaciones de los ciudadanos y empresas se encuentran la separación «correcta» de los residuos en origen (hogar, comercio o industria); la limpieza, por parte de sus responsables, de la basura que generen quioscos, puestos ambulantes, loterías, terrazas, bares y restaurantes; la limpieza de la basura que genere la celebración de eventos en espacios públicos, por parte de los promotores de los mismos; y la limpieza, por parte de sus propietarios, de pasajes privados, patios interiores, solares, aparcamientos comunitarios, galerías comerciales y, en general, todos aquellas zonas comunes. El Ayuntamiento podrá obligar a las personas productoras de residuos a la adquisición de su propia contenerización de uso exclusivo, cuando por decisión municipal y siguiendo criterios de eficiencia y eficacia del servicio, no se instalen contenedores de uso colectivo.

Autogestión

En el caso de residuos domésticos peligrosos o de residuos cuyas características especiales dificulten su gestión o puedan producir trastornos en el transporte, recogida, valorización o eliminación, el Ayuntamiento podrá obligar a las personas productoras de tales residuos a que lo gestionen «necesariamente por sí mismos y al margen del sistema de recogida municipal, mediante la entrega a una entidad gestora autorizada». En este caso, el Consistorio podrá imponer la autogestión de los residuos en las condiciones que se determinen.

Tasa

El Ayuntamiento de Santa Cruz impondrá una tasa o, en su caso, "una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos".

Plan de Prevención

En el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de la ordenanza, los establecimientos alojativos y los comerciales de carácter colectivo deben presentar al Consistorio un Plan de prevención y gestión de residuos, que incluirá la gestión propia de los residuos generados.

Información

La ordenanza incorpora, "a título informativo y para general conocimiento de la ciudadanía", la relación de residuos que deben depositarse en cada contenedor, los residuos admitidos en los puntos limpios, y un listado con las zonas y espacios especialmente protegidos.

Infracciones

Con respecto a la gestión de residuos, para los incumplimientos muy graves, las sanciones oscilan entre los 100.000 y los 3,5 millones de euros; para los graves, entre 2001 y 600.000 euros, y en el caso de infracciones leves, las multas pueden llegar hasta los 20.000 euros. En materia de limpieza, para los incumplimientos muy graves, las sanciones pueden llegar hasta los 3.000 euros; para los graves, hasta los 1.500 euros, y para las infracciones leves, como fumar en las playas, tirar un chicle al suelo o escupir en la calle, hasta 750 euros. La ordenanza incluye la posibilidad de sustituir las multas económicas por trabajos en beneficio de la comunidad (de limpieza en la vía pública) y por la asistencia obligatoria a cursos de formación.

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