“Todos los niños deben tener los mismos derechos independientemente de la manera en que hayan sido engendrados o hayan nacido y de su tipo de familia”, advierte el comisario de Justicia, Didier Reynders. Detrás de esta afirmación se esconde una nueva propuesta de la Comisión Europea para que todos los Estados miembros estén obligados a reconocer la filiación legal de los hijos de las parejas LGTBI, aunque haya países que no reconozcan la posibilidad de que personas del mismo sexo sean padres. 

“No queremos cambiar el derecho nacional para definir lo que es familia ni cómo se organiza”, pero “una vez que un país establece la filiación debe ser reconocida por todos los Estados miembros”, sostiene el liberal belga sobre la nueva propuesta adoptada este miércoles por el colegio de comisarios y que requerirá ahora de un acuerdo unánime entre los Veintisiete para su adopción. La iniciativa, cuya tramitación puede ser complicada dada la controversia que genera en países como Polonia o Hungría, pretende armonizar a escala europea las normas del derecho privado sobre la filiación, con el objetivo de colmar lagunas, proteger los derechos de los menores y aportar claridad jurídica cuando se desplacen a otro Estado miembro para viajar o residir.

Concretamente, el reglamento dictamina que la filiación establecida en un país de la UE debe reconocerse en todos los demás Estados miembros, sin necesidad de que haya ningún procedimiento especial. El derecho europeo así lo dispone en relación al acceso al territorio, al derecho de residencia o la no discriminación con respecto a los nacionales, tal como lo ha interpretado el Tribunal de Justicia de la UE. Sin embargo, no ocurre lo mismo con los derechos derivados del Derecho nacional ante cuestiones como la sucesión, la pensión alimentaria, la custodia o el derecho de los progenitores a actuar como representantes legales (a efectos de escolarización o de salud).

Procedimiento costosos

Actualmente, los países de la UE tienen legislaciones nacionales diferentes en cuanto a la jurisdicción, la ley aplicable y el reconocimiento en el ámbito de la filiación, lo que puede derivar en problemas jurídicos para las familias que se encuentren en una situación transfronteriza. “A veces, las familias tienen que iniciar procedimientos administrativos o incluso judiciales para que se reconozca la filiación, pero son costosos, requieren mucho tiempo y su resultado es incierto”, avisa de la Comisión Europea que estima en “más de dos millones” el número de niños que pueden sufrir discriminación actualmente y ver sus derechos negados si cambian de país de residencia dentro de la UE. 

Esto es precisamente a lo que la propuesta aspira: proteger los derechos fundamentales de los hijos, aportar seguridad jurídica a las familias y reducir los costes y la carga jurídica para las familias y los sistemas administrativos y judiciales de los Estados miembros. Para ello, el reglamento establece quiénes son los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros competentes en materia de filiación. Además, determina que por regla general la ley aplicable al establecimiento de la filiación debe ser la del país de residencia habitual de la persona que haya dado a luz. Por último, plantea la creación de un certificado de filiación europeo que puedan solicitar los hijos (o sus representantes legales) al Estado miembro que haya establecido la filiación. Este documento, común para toda la UE, podrá ser utilizado para acreditar su filiación en el caso de desplazamiento a otro Estado miembro.