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El Consultiu avala la regulación de la explotación turística de casas payesas en Ibiza

El máximo órgano de consulta jurídica de Balears confirma la legalidad del reglamento de simplificación administrativa del Consell de Ibiza, pero exige que se analice mejor su impacto económico

La casa payesa situada junto al observatorio astronómico de Cala d’Hort, en una imagen de archivo. | J. A. RIERA

El Consell Consultiu, el máximo órgano de consulta jurídica de la Comunitat Autònoma, confirma la competencia del Consell de Ibiza para regular las llamadas agroestancias y la explotación turística en casas payesas, prevista en el reglamento de simplificación administrativa aprobado inicialmente en mayo del año pasado.

La conselleria balear de Turismo alegó que este reglamento invadía sus competencias, con el argumento de que la regulación de la comercialización turística de las casas payesas, al margen del Plan Territorial Insular (PTI) o un Plan de Intervención de Áreas Turísticas (PIAT), que está pendiente aún de aprobación en Ibiza, es una función propia de la Comunitat Autònoma. También defendía que el Consell no podía aprobar un reglamento sobre aquello que ya fue reglamentado anteriormente por el Govern balear.

Sin embargo, el dictamen del Consell Consultiu, el último tramite para la aprobación definitiva del reglamento y que es preceptivo y vinculante, concluye que «no cabe duda» de que Consell de Ibiza «tiene potestad reglamentaria suficiente» de conformidad con el Estatut d’Autonomia para regular las agroestancias (alojamiento se seis plazas en explotaciones agrarias preferentes) y el alquiler de hasta tres habitaciones en casas payesas.

El Consultiu señala que esta actividad se enmarca en lo que es la ordenación turística, que es competencia de la institución insular. Agrega que la última reforma de la ley turística (el reciente decreto ley 3/2022 de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo en Balears) «refuerza el carácter insular de la ordenación turística, lo cual, en concordancia con el Estatut d’Autonomia, permite a cada consell insular la fijación de políticas propias».

El vicepresidente primero del Consell, Mariano Juan, destaca «la importancia» de este punto del dictamen porque determina «de forma relativamente diáfana, las competencias del Consell y del Govern». «Es muy importante no sólo para la defensa de nuestra autonomía, sino también para los otros consells porque fija una doctrina en ordenación turística».

Tal como publicó este diario, el Consultiu indica que la reforma turística apuntada ha dejado en suspenso la adquisición de plazas turísticas y el intercambio entre particulares, lo cual imposibilita que se puedan comercializar estancias turísticas en explotaciones agrarias y casas payesas. Ahora bien, esto no impide la tramitación del reglamento porque la moratoria es «una norma limitada en el tiempo, con un máximo de cuatro años».

Simplificación de la burocracia

El grueso del reglamento se refiere a diversas medidas para reducir trámites administrativos, como la supresión de la obligación de tramitar en el Consell la cédula de habitabilidad (este trámite se incorpora a la licencia municipal de ocupación o primera utilización) o la simplificación de la tramitación de las cédulas de renovación y carencia, que ya no hará falta pedirla en el Ayuntamiento, sino que bastará con la presentación de un certificado de un técnico competente. El dictamen avala que el Consell delegue en los ayuntamientos el otorgamiento de las cédulas de habitabilidad.

También se elimina en el reglamento la tramitación de una licencia (se sustituye por una comunicación previa) para obras de reforma o consolidación de viviendas que no estén catalogadas o se encuentren en suelo rústico protegido. En este último caso, sí se permiten obras de mantenimiento con una comunicación previa, lo cual, según Mariano Juan, facilitará las tareas de conservación de casas payesas.

El dictamen del Consell Consultiu califica de "loable" la apuesta de la máxima institución de Ibiza de simplificar los trámites burocráticos

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El Consultiu califica de «loable» la apuesta del Consell por la simplificación de los trámites administrativos. En todo caso, el dictamen da el visto bueno al reglamento, pero requiere una serie de correcciones de carácter esencial (de obligado cumplimiento) y otras no esenciales, relativa a cuestiones técnicas. Así, considera insuficiente el análisis del impacto económico que tendrá la aplicación del reglamento. Por ello, deberá «completarse y detallarse este estudio».

También exige que, en el apartado de las comunicaciones previas, se regule el supuesto en que la actuación sea contraria a la ordenación urbanística y se deje constancia de que si transcurre el plazo para notificar la detección de deficiencias esto no supone la convalidación de la obra ilegal. También se debe especificar que la inexactitud, falsedad u omisión de datos esenciales en la comunicación previa determinará la imposibilidad de seguir con las obras cuando se les comunique.

Sobre la simplificación de trámites sobre las intervenciones arqueológicas, el Consultiu destaca que la supresión del silencio estimatorio (previsto inicialmente en el reglamento), aunque se reduzca el plazo para que la Administración resuelva y lo notifique, «diluye la mayoría de críticas» y alegaciones que el Consell recibió por la «supuesta desprotección del patrimonio arqueológico».

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