La Constitución Española tiene 169 artículos y 11 disposiciones. La palabra "mujer" sólo figura dos veces en todo el texto: una para referirse al matrimonio y otra para privilegiar al varón en la línea sucesoria a la Corona. ¿Ha llegado el momento de revisar la Carta Magna para que sea más igualitaria y representativa y proteja mejor a las mujeres de discriminaciones y violencias?

La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha planteado en el Congreso de los Diputados que se haga una reforma constitucional para blindar los derechos de las mujeres.

"Un país feminista debe tener una Constitución feminista. Hay una mayoría social que quiere avanzar en la igualdad, la lucha contra las violencias machistas, la consolidación de los derechos sexuales y reproductivos y la protección de los cuidados y la diversidad familiar como principios y derechos estructurantes de nuestra comunidad política. Pensamos que es el momento de reflexionar si ese consenso social y político debe tener también una traducción normativa constitucional", defendió Montero ante la Comisión de Igualdad de la Cámara Baja.

Con motivo del Día de la Constitución, la magistrada del Tribunal Constitucional María Luisa Balaguer; la magistrada y presidenta de la Sala IV del Tribunal Supremo, María Luisa Segoviano; y el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba, Octavio Salazar, reflexionan para EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario que pertenece a este grupo, Prensa Ibérica, sobre la pertinencia y necesidad, o no, de una reforma del texto constitucional que represente mejor a las ciudadanas.

Un pacto social de hombres

Octavio Salazar recuerda que la Constitución fue un pacto de convivencia social "muy patriarcal", con una participación femenina mínima y en el que las aportaciones que pudieron incorporarse sobre la mujer fueron "muy poco relevantes": "El texto, desde el propio lenguaje hasta cómo plantea la ciudadanía, los derechos fundamentales o los poderes del Estado necesitaría una revisión con perspectiva de género, iría más allá, una revisión feminista", defiende.

La Constitución es un marco, un conjunto de principios y referencias fundamentales que tienen una carga simbólica importante y unos principios pedagógicos de convivencia. En ella se asegura que todos los españoles son iguales ante la ley.

Nuestra Carta Magna tiene siete padres y ninguna madre: Gabriel Cisneros, Manuel Fraga, Miguel Herrero Rodríguez de Miñón, Gregorio Peces-Barba, José Pedro Pérez Llorca, Miguel Roca Junyent y Jordi Solé Tura.

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Salazar reconoce que desde el 78 hasta hoy se ha avanzado mucho en materia de igualdad gracias a que se han aprobado numerosas leyes que han supuesto un "avance muy significativo", pero incide en que el texto constitucional no refleja cuestiones clave para la igualdad como los derechos y deberes de corresponsabilidad, la importancia del trabajo de cuidados, no estima como fundamentales los derechos sexuales y reproductivos -lo que evitaría que "la cuestión del aborto estuviera siempre sujeta a vaivenes políticos"-, ni incorpora el principio de paridad.

El derecho a vivir una vida libre de violencia

"La democracia sólo puede ser paritaria, hombres y mujeres tendríamos que estar presentes en todas las instituciones y poderes del Estado, debería ser un principio constitucional. (...) Y no estaría de más que se reconociera como derecho específico el derecho a vivir una vida libre de violencia", añade.

Salazar considera necesario cambiar el lenguaje de la Carta Magna para que sea inclusivo (hablar, por ejemplo, de Defensoría del Pueblo), pero también incluir como derechos fundamentales el acceso a los servicios sociales, sanitarios, la atención a los dependientes, el cuidado: "Reconocerlos supondría no dejarlos en manos de la voluntad política de turno". El experto destaca que el modelo constitucional se ha hecho de espaldas a esos espacios que ocupan tradicionalmente las mujeres, la familia, el cuidado, el ámbito doméstico. La corresponsabilidad debería estar presente en una reforma de la Constitución. Y, por supuesto, que la revisión la hiciera un poder paritario.

Una contradicción clamorosa

Aunque el artículo 14 proclama la igualdad de todos los españoles sin que pueda prevalecer discriminación, dentro de la Constitución hay un artículo que contradice al propio texto constitucional, el 57, que establece la sucesión al trono y prima al varón sobre la mujer.

"Clama al cielo desde que se hizo, la norma discriminatoria de la jefatura del Estado es insostenible. Parece mentira que hayan pasado 40 años y no se haya cambiado ese artículo. No se ha cambiado porque es abrir una caja de Pandora, otros temas, incluso una reflexión sobre la Corona. Hay muchas fuerzas políticas y no políticas que no tienen interés en que se abra ese debate, por eso no se ha cambiado el artículo, por miedo a que eso suponga abrir otros debates constitucionales", enfatiza Salazar.

La magistrada del TC María Luisa Balaguer insiste en que las mujeres no intervinieron directamente en la elaboración del texto, no formaron parte de los agentes políticos y fuerzas sociales implicados en ella, como la Iglesia Católica o el Ejército, por tanto los preceptos relativos a la mitad femenina de la población quedaron muy abiertos.

"Tenía varios preceptos abiertos, como el artículo 15 con el derecho a la vida, que daba la opción a legalizar el aborto -como ocurrió en el 85-, pero no hay una perspectiva feminista. La mujer obtuvo el artículo 14 de la igualdad y el 32, con respecto a la igualdad de los hijos", explica.

Una perspectiva feminista en la Constitución dotaría de mayor protección a las mujeres y podría, por ejemplo, facilitar reformas en el derecho de familia en cuanto a la corresponsabilidad y la diversidad, o desarrollar "un articulado que intente compensar la desigualdad que la mujer ha sufrido históricamente": "El primer elemento de la desigualdad es el cuerpo, su instrumentalización. (...) La mujer todavía es un objeto en muchísimos actos de la vida social, destacadamente en la prostitución y la pornografía", dice. También menciona la gestación subrogada y la violencia de género.

Ahora bien, Balaguer niega que la Carta Magna entorpezca la consecución de la igualdad y resalta el desarrollo de legislaciones muy importantes en estos años, como la ley contra la violencia de género: "La Constitución no distorsiona la igualdad, la favorece".

La familia real durante un acto del Premio de la Fundación Princesa de Girona (FPdGi). Andreu Dalmau

"Por ejemplo, el artículo 10 habla del libre desarrollo de la personalidad y de la dignidad, esto sirve de bastante apoyo intelectual para el tema de la prostitución, porque podría ir contra la dignidad de las personas, o contra la maternidad subrogada, porque el concepto de gestar para terceros puede ser contrario a la dignidad. Mecanismos hay muchísimos en la Constitución, de apoyo, pero el baso de la abstracción a la materialización de la norma requiere de voluntad política y determinados gobiernos han podido favorecer o retrasar más este tipo de legislación", desarrolla.

Balaguer hace hincapié en que la Constitución no tiene que arreglarlo todo, sino que la perspectiva feminista tiene que estar en la mentalidad colectiva, en el pulso de la ciudadanía por la igualdad: "Y no es nada fácil", sentencia.

"Una reforma constitucional podría mejorar porque podría detallar más y, cuanto más se detalle, menos margen tiene el legislador, pero en principio es mucho más importante que exista una conciencia social de la igualdad", reflexiona.

"La Constitución nos obliga a avanzar hacia la igualdad"

María Luisa Segoviano, única mujer que ostenta una presidencia de sala en el Supremo, considera sin embargo que la Carta Magna "tiene una perspectiva de la igualdad muy acertada, aun cuando tiene más de 40 años y la redactaron sólo hombres: "Pienso que este marco no sólo nos permite, sino que nos obliga a avanzar hacia la igualdad".

La magistrada del TS asevera que al texto constitucional no se le ha sacado todo el partido y rendimiento que se podría obtener de él en materia de derechos de las mujeres. Y lo dice no sólo por el artículo 14, que proclama la igualdad de todos los españoles ante la ley sin que pueda haber discriminación alguna, entre otros elementos, por razón de sexo. Segoviano pone mucho énfasis en el artículo 35 "al que no se le ha prestado la debida atención y que está de plena actualidad".

Artículo 35

Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

"Ya en 1978 la Constitución abordaba cuestiones que hoy en día se siguen planteando, como que no pueda haber discriminación salarial, brecha salarial por razón de sexo. Pero en la práctica no se ha llevado hasta sus últimas consecuencias, no hemos respetado lo que dice el texto constitucional", subraya la magistrada.

Segoviano se refiere a que las mujeres no alcanzan puestos de especial relevancia a los que sí acceden hombres -tanto en las empresas como en la propia judicatura-, a la brecha en el sueldo y en las pensiones, al mayor paro y peor remuneración de las profesiones feminizadas...

"Hay que volver a leer el artículo 35, sería fundamental llevarlo a la práctica porque la igualdad formal ante la ley la tenemos reconocida, (...) pero la realidad es tozuda y muestra que no se da en la práctica", insiste.

La jueza está convencida de que el marco que ofrece la Constitución "permite perfectamente", y más allá, "obliga a avanzar hacia la igualdad".