El juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a dos años de cárcel y a pagar una indemnización que superaba los 600.000 por un supuesto accidente laboral.

La víctima se encontraba trabajando cuando cayó al suelo al intentar aceder a un tejado de una vivienda en construcción en el barrio de Cas Mut, el 29 de abril de 2003. Como consecuencia de la caída, sufrió lesiones que le ocasionaron una tetraplegia y un síndrome postconmocional. Falleció dos años después en Can Misses.

En el juicio, según la juez, «no consta acreditado que por parte del acusado -el dueño de la empresa constructora- se haya creado una situación de peligro concreto en el desempeño de un determinado puesto de trabajo que obedezca a la no facilitación por el acusado de los medios necesarios para desempeñarlo». Así, la magistrada Clara Ramírez de Arellano entiende que «se desconoce en qué circunstancias concretas cayó la víctima». El hombre, antes de su fallecimiento, declaró que debía construir las pendientes de un tejado y que subió y apoyó el pie en un bloque que estaba suelto. También dijo que «no tenían ni cascos, ni arneses, ni red protectora». No obstante, los trabajadores de la obra que declaracon en el juicio no aclararon lo sucedido ya que dijeron que no estaban presentes el día en que ocurrió el accidente. Asimismo, el informe de la Guardia Civil precisa que el hombre se encontraba sólo, por lo que «el punto de caída y las circunstancias relativas a la misma no son más que simples conjeturas».

Por este motivo, la juez acepta los argumentos del abogado defensor, Iván Varela, y rechaza las pretensiones de los familiares, que querían que se condenara al acusado por un delito contra los derechos de los trabajadores.