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Turismo

Turismo de borrachera en Ibiza. EasyJet advierte a sus clientes británicos: el todo incluido en alcohol se acabó

El turoperador informa del cambio de la normativa, que había pasado desapercibida con la pandemia

La zona del West End, concurrida de turistas antes del inicio de la pandemia. J. A. RIERA

En enero de 2020, el Govern aprobaba un decreto ley con el firme objetivo de acabar con el turismo de borrachera en las Islas Baleares y forzar así un cambio en el modelo turístico. Se trataba de la primera norma adoptada en Europa que restringía la promoción y venta de alcohol en determinadas zonas turísticas, según aseguró el Govern.

La normativa no se hacía efectiva en todo el archipiélago, sólo en algunas zonas: Sant Antoni en Ibiza y Playa de Palma, s'Arenal y Magaluf en Mallorca, con una vigencia de cinco años.

En marzo de 2020 llegaba el confinamiento a toda España y la pandemia del covid se extendía por todo el mundo. Ese verano y el siguiente, con las discotecas y pubs de Ibiza cerrados, el turista "de borrachera" fue minoritario.

Ahora que todo apunta a que esta temporada se alcanzarán niveles de ocupación turística prepandémicos, los tuoperadores británicos anuncian que están registrando numerosas reservas para Ibiza.

Sin barra libre en los 'todo incluido'

La prensa británica se hace eco hoy de las advertencias que está enviando EasyJet a quienes reservan sus próximas vacaciones en un hotel todo incluido en Sant Antoni, detallando las limitaciones con las que se encontrarán los turistas en el establecimiento.

Según los rotativos de Reino Unido, el turoperador comunica que como consecuencia del decreto ley de enero de 2020, los hoteles con 'todo incluido' de Sant Antoni dividen la jornada en dos turnos (horario de comida y horario de cena) y cada cliente podrá consumir sólo tres bebidas alcohólicas en cada uno de esos tramos sin poder acumular las no consumidas para uno de los servicios.

EasyJet también recuerda a sus clientes que debido a la normativa no habrá ni 'horas felices' ni '2x1' en bebidas alcohólicas en el municipio de Sant Antoni.

El decreto

La normativa contra el 'turismo de borrachera' abarca cinco ejes fundamentales.

Alcohol

Queda prohibida la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo de alcohol en establecimientos turísticos, así como las barras libres, happy hours o similares. También se prohíbe la exhibición de bebidas alcohólicas, los autodispensadores, además de que los establecimientos que vendan alcohol deberán permanecer cerrados entre las 21.30 y las 8 horas.

'Balconing'

Quedan prohibidas las prácticas peligrosas para la vida o la integridad física de las personas en todo el territorio de Baleares, no solo en el ámbito territorial de la norma.

Los hoteles estarán obligados a “expulsar con efecto inmediato” a los huéspedes que lo practiquen. A su vez, se podrá sancionar a los establecimientos que no adopten medidas contundentes contra los visitantes que se precipiten de los balcones de las habitaciones a la piscina.

Excursiones de borrachera ('pubcrawling')

Se prohíbe su publicidad, su organización y su venta para evitar recorridos alcohólicos en las zonas afectadas por el decreto.

'Party boats'

En relación a las fiestas que se realizan en embarcaciones, las denominadas party boats, se prohíbe publicitarlas en las zonas afectadas por este decreto. Por otra parte, este tipo de barcos no podrá recoger o devolver clientes en estas zonas. Además, se suspende la concesión de nuevas licencias.

Régimen sancionador

Faltas muy graves ( multas de 60.001 a 600.000 euros y pueden llevar aparejado el cierre del establecimiento por un máximo de 3 años). Contemplan la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido; ofertar bebidas alcohólicas bajo modalidades del tipo barra libre, happy hours o 2x1 y 3x1; mantener los autodispensadores de alcohol; la venta de bebidas a menores y a embarazadas; la publicidad o realización de excursiones etílicas (pubcrawling) o cometer dos faltas graves en seis meses, entre otras circunstancias.

Faltas graves (multas de 6.001 a 60.000 euros). Las prácticas peligrosas para la vida, la integridad o la salud de los clientes (para el turista que lo practica); la falta de información de forma expresa a los clientes sobre dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento); la no expulsión de clientes que realicen dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento); ofrecer habitaciones por horas y publicitar bebidas alcohólicas o tener expuesto alcohol en los establecimientos, entre otros aspectos.

Faltas leves (de 1.000 a 6.000 euros de multa). Se considerará falta leve cualquier otra infracción incluida en el decreto.

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