La proliferación de vehículos de movilidad personal (VMP) como los patinetes eléctricos es cada vez mayor en las calles de la ciudad de Ibiza. Tras las fiestas de Navidad, son muchas las personas que han recibido este dispositivo como regalo sin conocer muy bien la normativa que deben cumplir en el momento en el que decidan salir a la calle a disfrutar de un regalo que no es un juguete.

Los VMP son vehículos con una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al dispositivo una velocidad máxima, por diseño, comprendida entre los seis y los 25 kilómetros por hora.

¿Tienes un patinete eléctrico? Esta es la normativa de Ibiza

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), los usuarios de patinetes eléctricos deben circular por el carril bici y respetar las reglas del semáforo. Además, tienen prohibido circular por las aceras, así como por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías. Por último, queda también prohibida la circulación de este tipo de vehículos por túneles urbanos. Sin embargo, sí pueden circular por alguna zona peatonal concreta siempre que el Ayuntamiento lo permita.

En el caso del Ayuntamiento de Ibiza, la normativa es muy clara. El Consistorio aprobó en 2020 la modificación de su ordenanza de circulación para adaptarla a la movilidad de los patinetes eléctricos y estableció que no pueden superar los 25 kilómetros por hora en la calzada y tampoco les está permitido circular por la acera, pudiendo recibir una multa de hasta 602 euros. Sí pueden por carriles bici o calles peatonales, siempre con una velocidad inferior a 10 kilómetros por hora. Además, deben conducirse con casco y con prendas que los visibilicen como chalecos u otros elementos reflectantes.

¿Tienes un patinete eléctrico? Esta es la normativa de Ibiza

También se determina en dicha ordenanza que el timbre es obligatorio así como el uso de alumbrado entre la puesta y la salida del sol y en condiciones de visibilidad reducida. La edad permitida para circular con un VMP por las vías y espacios públicos de la ciudad es de 15 años.

La ordenanza también deja claro que no se permite circular utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, ni el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual y tampoco pueden conducirse con más ocupantes que las plazas para las cuales se ha construido el vehículo.

Además, el Ayuntamiento de Ibiza también deja claro que los patinetes eléctricos pueden estacionarse en los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas, pero en ningún caso se podrán sujetar a los árboles ni a mobiliario urbano.

¿Hace falta algún tipo de permiso de circulación para conducir un patinete eléctrico? 

La normativa establece que para conducir este tipo de vehículos no es necesario el permiso de circulación, pero sí disponer de un certificado. Este documento acredita que el vehículo ha sido sometido a un ensayo y cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa técnica nacional e internacional. Dicho certificado será obligatorio a los dos años de publicarse el manual de características de los vehículos de movilidad personal en el Boletín Oficial del Estado (2023) y debe obtenerse a través de los propios fabricantes, importadores y sus representantes, que deberán ser los que soliciten la obtención de dicho certificado para los VMP que comercialicen.

¿Debo tener un seguro?

A día de hoy, tan solo Alicante, Barcelona y Benidorm exigen de forma obligatoria contratar un seguro desde el 30 de abril de 2021. Sin embargo, aunque no vivas en estas ciudades, la DGT recomienda contratar un seguro como medida de protección personal, así como de terceros. En la ordenanza del Ayuntamiento de Ibiza, se recomienda también la obtención de un seguro, pero no se obliga a tenerlo.

¿Debo someterme a control de alcoholemia mientras conduzco mi patinete? 

Sí. Los conductores de los VMP o vehículos de movilidad personal están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol establecidas por la Ley de Seguridad Vial.

Asimismo, la normativa también prevé expresamente la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

¿A qué multas me pudo enfrentar si incumplo alguna de las normas?

El Ayuntamiento de Ibiza prevé en su ordenanza sanciones que pueden llegar hasta los 602 euros, pero la DGT, en su normativa, establece:

  • Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol: entre 500 y 1.000 euros e inmovilización del vehículo.
  • Conducir un patinete eléctrico habiendo consumido drogas: 1.000 euros e inmovilización del vehículo.
  • Conducir mientras se usa el móvil: 200 euros.
  • Utilizar cascos mientras se conduce el patinete: 200 euros.
  • No utilizar casco en municipios donde es obligatorio: 200 euros.
  • Conducir por zonas peatonales y aceras: 200 euros.
  • Conducir dos personas sobre el patinete eléctrico: 100 euros.