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Tribunales

El juez rechaza que Sant Antoni pague 14 millones a Cretu por la demolición de su mansión en Ibiza

Considera en primera instancia que hubo «dolo y negligencia grave» por parte del promotor en la tramitación de la licencia que obtuvo en 1997 y, por ello, no se le puede imputar a la Administración la responsabilidad patrimonial

Obras de derribo de la mansión de Michel Cretu en Santa Agnès, en mayo de 2009. | VICENT MARÍ

El juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma rechaza el pago de una indemnización de 14 millones más intereses al músico Michel Cretu por la demolición, en 2009, de su mansión en Santa Agnès a raíz de una denuncia del Grup d’Estudis de la Naturalesa (GEN). La sentencia confirma el acuerdo de la junta de gobierno de Sant Antoni de diciembre de 2017, que desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial de las entidades Baloo Music SA y Eden Roc SA, al entender que hubo «dolo y negligencia grave» del propietario y promotor en la tramitación de la licencia que le concedió el Ayuntamiento en 1997. La sentencia ha sido recurrida en el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB).

El Consell Consultiu ya había apreciado negligencia grave, pero no dolo, aunque el juez apunta que «resulta irrelevante» porque basta que se dé una de las dos para eximir a la Administración al pago de una indemnización por el daño causado al propietario como consecuencia del derribo de la mansión construida al amparo de una licencia urbanística, con el visto bueno del Consell y con el final de obra del Consistorio.

El juez de primera instancia basa su decisión en el informe del perito judicial, que concluye que hubo «falseamiento u ocultación» de datos en el proyecto básico. En concreto, el informe apunta que había elementos «ilógicos» o que «no respondían a ninguna necesidad o requerimiento para la correcta funcionalidad o la estética de la vivienda».

Se refiere, por ejemplo, a la existencia de sendos espacios con paredes circulares y semicirculares situados en la zona de distribución y que, pese a que inicialmente le parecían «extraños», constató que estaban pensados para construir una escalera en su interior con «la finalidad de unir la planta baja legal con un sótano ilegal tras obtener el final de obra».

Un patio «sin sentido»

También señala que se construyó un patio sin acceso de más de cuatro metros de profundidad, con una superficie en planta de 52 metros cuadrados, y considera que «no tenía ningún sentido realizar una excavación de tales dimensiones si no era para darle un uso concreto». Luego advirtió de que se construyó para «iluminar y ventilar la planta sótano», lo cual «se ocultó» en el proyecto básico.

Por ello, el juez considera acreditado que hubo dolo por parte del propietario y promotor de la mansión, ya que, según el perito judicial, «configuró el proyecto con el que obtuvo la licencia con la clara intención de ampliar posteriormente, ya sin licencia y de forma considerable, la superficie edificada». De hecho, la sentencia recuerda que el TSJB confirmó en su momento que el promotor incrementó la construcción autorizada sin licencia. «La licencia queda así absolutamente desvirtuada si se atiende a cuál era el propósito real del promotor», apunta la sentencia de primera instancia.

En su defensa, el promotor alegó que no hubo un proyecto nuevo, sino que se procedió, sin licencia, al «aprovechamiento de los espacios ya existentes bajo la planta baja». El Ayuntamiento, en cambio, argumentó que el hecho que la planimetría no mostrara lo que se ejecutó bajo el forjado es «la prueba de la voluntad de ocultación y dolo», y que, por ello, no pudo controlarlo en la tramitación del final de obra.

El fallo judicial también considera que hubo negligencia por parte de la propiedad porque «no se analizó el impacto de la construcción ni las posibles alternativas, y se decantó por ubicar la vivienda en el punto más elevado de la finca», lo cual fue lo que provocó que la construcción fuera ilegal e ilegalizable.

El perito sostiene que había «múltiples opciones dentro de la misma finca» para evitar situarla en el punto más alto. Además, el perito señala que «el proyectista presuponía que la vegetación disimularía la vivienda; es decir, que la haría menos visible, pero no lo demostró con imágenes ni con planos justificativos ni definiendo qué tipo de vegetación iba a usar».

El 68,3% de la vivienda se edificó sin autorización

La mansión de Cretu se construyó al amparo de una licencia para una vivienda de 867 metros cuadrados, pero se amplió, sin autorización: un 68,3% del total era ilegal. La licencia fue anulada por los tribunales a raíz de una denuncia del GEN porque incumplía la Ley de Espacios Naturales (se construyó en una cima). El Govern presidido por Jaume Matas, del PP, intentó salvar la casa incorporando en la ley de los presupuestos de 2004 una ‘amnistía’ a medida, pero los tribunales consideraron que no era suficiente para evitar el derribo.

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