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Baleares podrá limitar por ley la movilidad y ordenar el confinamiento

El PP dice que algunas medidas pueden ser inconstitucionales

Una calle del barrio de Can Misses, en Ibiza, vacía durante el confinamiento. | VICENT MARÍ

El Govern podrá limitar la movilidad de las personas, los aforos en establecimientos, restringir actividades y ordenar el confinamiento de grupos en caso de pandemia. El Parlament de les Illes Balears aprobó ayer la modificación de la Ley de Salud Pública para hacerlo posible. Esto hará que el Ejecutivo tenga el marco legal para aplicar estas restricciones, que en algunos casos han sido controvertidas, como fue el confinamiento de los jóvenes de viajes de estudios que fueron confinados el pasado mes de mayo y que al final los tribunales han dado la razón al Govern.

Desde el PP presentaron una moción con la finalidad de que antes de ser aprobada la norma se solicitara un dictamen del Consell Consultiu. Los populares consideran que algunas de las medidas restrictivas que se introducen en la ley pueden ser inconstitucionales al afectar a los derechos fundamentales de las personas. Esta moción de los populares fue rechazada y al final la nueva ley, que nace de un decreto ley dictaminado por el Govern en plena pandemia, fue aprobada. Hay que recordar que Vox también llevó ante los tribunales la aplicación de estas restricciones.

De esta forma el Consell de Govern «en situaciones de pandemia o epidemia declaradas por la autoridad competente podrá limitar los desplazamientos de personas, confiscación o la inmovilización de productos, la suspensión temporal del ejercicio de las actividades, la suspensión temporal de actividades a las empresas en sus instalaciones, limitaciones de aforos, de horarios de apertura y cierre y la aplicación de medidas de higiene en establecimientos». Mediante esta modificación también se podrá decretar el uso de mascarillas o el mantenimiento de distancias de seguridad entre personas.

La norma también contempla una normativa sancionadora para los incumplimientos de las medidas sanitarias para evitar contagios de la pandemia.

Sin duda, el artículo más polémico es el que hace referencia a que «para proteger la salud pública, las autoridades sanitarias podrán adoptar medidas preventivas como el tratamiento, la hospitalización o control de las personas cuando se aprecien indicios de la existencia de peligro para la salud de la población a causa de la situación sanitaria de una persona o un grupo de personas». Mediante este artículo, se da cobertura legal al confinamiento de los jóvenes de los viajes de estudios.

También se podrá decretar el uso de las mascarillas o el mantenimiento de la distancia de seguridad

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El Estado expuso discrepancias contra esta norma, especialmente en lo que hace referencia al régimen sancionador y las medidas de prevención, incluida la vacunación obligatoria para determinados colectivos. El Govern llegó a un acuerdo con Madrid incluyendo una enmienda por la cual acataba lo que dictamine el Consejo Interterritorial de Salud compuesto por el Gobierno y las comunidades autónomas.

Esta noticia está directamente relacionada con el caso de la directora general de Salud Pública del Govern, Maria Antònia Font, después de que el juzgado de instrucción número 12 de Palma iniciara la tramitación en julio de una de las querellas que se presentó en su contra. Font debía explicar las razones que le llevaron a adoptar la contundente decisión de ordenar el traslado forzoso al hotel covid de unos 300 estudiantes que estaban en Mallorca de viaje de fin de curso, con la intención de detener el macrobrote de covid que se había detectado porque se le imputaba un delito de detención ilegal.

Las críticas a la decisión por parte del Govern tuvieron la contestación de la judicatura que, a través de la jueza decana de Palma, exigió que debía respetar las decisiones judiciales, y acusó al Ejecutivo de no haber entregado la documentación concreta que se le estuvo reclamando antes de pronunciarse sobre este conflicto.

El Tribunal Superior de Justicia de Balears avaló en septiembre la orden de confinamiento forzoso dictada por Font y revocó el auto dictado por la jueza que ordenó anular el encierro de estos estudiantes, que habían dado negativo en la prueba PCR o se habían negado a someterse a ella.

Finalmente, el Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por la fiscalía de Balears contra la decisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Balears y discrepaba del criterio del TSJB porque pretendía que el Supremo anulara su sentencia. Y aunque fuera en términos prácticamente simbólicos, pues ninguno de los estudiantes seguía confinado en el hotel, quería que se prohibiera la mezcla indiscriminada a través de un confinamiento de personas sanas con personas contagiadas.

El Parlament rechaza que el Consell Consultiu emita un dictamen

El Parlament rechazó que el Consell Consultiu emitiera un dictamen del proyecto de ley que cambia la ley de Salud Pública con los votos en contra de PSIB, Unidas Podemos, Més per Mallorca y el diputado de Gent per Formentera. El PP declaró que esta ley establece medidas restrictivas y condicionantes de la libertad de los ciudadanos y defendieron la petición para buscar «seguridad jurídica cuando se habla de limitación de derechos de los ciudadanos». E.P. palma

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