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El catalán vuelve a ser un requisito para opositar y poder entrar en las bolsas del Servei de Salut en Ibiza y Formentera

El Supremo desestima sin entrar a valorarlo el recurso de casación interpuesto por el Govern frente al fallo del TSJB contra el decreto lingüístico. Las selecciones de personal sanitario se regirán por la Ley de Función Pública

El uso del catalán en la sanidad pública siempre ha suscitado diferencias por ambas partes. dm

El catalán volverá a ser un requisito para poder trabajar como empleado público en el Servei de Salut. Tanto para presentarse a un concurso oposición como para entrar en un bolsín de trabajadores que se postulen a un empleo eventual.

El Tribunal Supremo desestimó ayer el recurso de casación interpuesto por el Govern contra la sentencia contraria a este decreto que dictó el TSJB en enero de 2020 y deja sin efecto el decreto del catalán ya que contra esta sentencia no cabe recurso. Todos los procesos de selección de personal que inicie próximamente la conselleria de Salut deberán regirse por tanto por lo estipulado en la Ley de Función Pública de 2016.

El Supremo ni siquiera entró a valorar el fondo de una cuestión que no tenía «interés casacional», explicaron fuentes del bufete de abogados Fiol que representa los intereses del sindicato CSIF que, junto al STEI-i aunque por diferentes motivos, recurrió un decreto del catalán aprobado en marzo de 2012 para «suavizar» la exigencia del conocimiento idiomático para acceder a un empleo público en el Servei de Salut.

Fuentes del Govern también explicaron que el Supremo acostumbra desestimar la mayoría de recursos de casación que se le presentan y solo entra a valorar aquellas materias en las que varios tribunales de justicia de CCAA discrepan en sus sentencias con el objeto de establecer una jurisprudencia.

Rebajó el nivel de catalán

Como se recordará, el decreto del catalán era mucho más permisivo con el conocimiento de esa lengua para médicos y enfermeras. Apelando a la falta de sanitarios, el decreto del catalán promulgado dos años después de la Ley de Función Pública rebajó para ellos el conocimiento de la lengua catalana desde el nivel B2 que marcaba en su texto hasta el B1.

Y no solo eso. Permitía a médicos y enfermeras presentarse a oposiciones sin acreditar ni siquiera el nivel idiomático rebajado con la condición de que en el plazo de dos años a contar desde la toma de posesión de la plaza debían presentar la titulación requerida de forma diferida.

Para blindarse frente a los trabajadores que incumplieran este compromiso, el decreto establecía una salvaguarda: todos los trabajadores que no acreditaran la titulación de catalán requerida transcurridos esos dos años tampoco podrían participar en los concursos de movilidad interna ni percibirían el complemento de la carrera profesional que les correspondiera.

Este decreto fue saludado por los sindicatos mayoritarios sanitarios como la «solución» al endémico déficit de profesionales en este ámbito. Sin embargo, dos de los sindicatos minoritarios en la mesa sectorial de Sanidad, el CSIF y el STEI-i, decidieron recurrirlo con diferentes motivaciones.

El primero de ellos lo hizo al considerar que las dos condiciones diferidas suponían, de hecho, «una vulneración de los derechos de los trabajadores».

Precisamente, el sindicato de funcionarios CSIF reclamó ayer al Govern que modifique la ley sobre el uso del catalán en la Función Pública después de que el Tribunal Supremo haya inadmitido su recurso de casación.

Mérito, nunca requisito

En un comunicado, CSIF celebró el resultado del proceso y pidió que se modifique la normativa para que la acreditación de ciertos niveles de catalán sea un mérito «pero nunca un requisito».

CSIF subrayó que, en el caso del Servei de Salut, «se dificulta de manera grave la cobertura de necesidad de personal» por este requisito, y además consideraron que genera «inseguridad jurídica», «desánimo» entre el personal así como «discriminación» entre las diferentes categorías profesionales.

Por contra, el STEI-i solicitaba en su recurso que se declarasen contrarios a derecho unos puntos concretos del decreto, fundamentalmente aquellos que eximían de forma excepcional de la acreditación del conocimiento del catalán con el «subterfugio» de la dificultad de cubrir según qué plazas y de la falta de profesionales.

Ahora, y tras el fallo del Supremo, hasta que el Govern decida cómo actuar, todos los procesos de selección de personal que abra el Servei de Salut deberán regirse por la Ley de Función Pública que marca unos niveles de catalán más altos sin los cuales no se podrá optar a la plaza y, por supuesto, sin periodos transitorios para acreditarlos.

No afecta a los procesos selectivos ya hechos o en marcha

El Govern no aclara qué hará a la espera de que sus servicios jurídicos analicen la sentencia

«Al menos el fallo del Supremo no dice nada de los procesos de selección en marcha al amparo del decreto del catalán así como los que ya han concluido», veía la parte positiva la consellera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, Mercedes Garrido, en una primera valoración del Govern sobre el varapalo judicial.

«El auto del Supremo ya está en manos de nuestros servicios jurídicos, que están estudiándolo. Vamos a ir hablando con tranquilidad hasta decidir a ver qué hacemos», explicó la consellera.

De lo que sí se congratuló Garrido es de que la mayoría de las oposiciones convocadas en el Servei de Salut para estabilizar la situación de los empleados públicos, en un elevado porcentaje trabajando aún con contratos temporales e interinos, ya se habían realizado antes de conocerse el fallo del Supremo.

El sindicato UGT, de la mano de su secretario general de Sanidad, Miguel Ángel Romero, reclamó al Ejecutivo autonómico que «incorporen el texto del decreto del catalán como una disposición adicional a la Ley de Función Pública para que esa norma sea convertida en ley», señaló.

El líder sindical se mostró muy crítico con los recursos que plantearon en su momento los sindicatos CSIF y STEI-i que, en su opinión, fueron presentados sin medir bien las consecuencias: que si prosperaban como finalmente ha sido se tendría que aplicar la ley de Función Pública, «más exigente para los trabajadores del IB-Salut y sin ningún periodo transitorio».

«Compadezco al señor Fuster»

El presidente del sindicato médico (Simebal), Miguel Lázaro, estimó que el fallo del Supremo ha desencadenado la «tormenta pefecta. Compadezco al señor Fuster [Juli, director general del Servei de Salut] porque no sé cómo va a gestionar esto». Para el líder sindical, el asunto ya trasciende la polémica lingüística y se trata en realidad de un notorio «déficit de médicos» ante el que el Govern «debe mover ficha». 

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