El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Govern en la máxima instancia judicial por la anulación del decreto del catalán para acceder a un empleo público en el Servei de Salut dictaminada en enero de 2020 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJB).

Este recurso inicial ante el TSJB fue interpuesto por el sindicato CSIF al considerar que el decreto vulneraba derechos de los trabajadores al establecer que médicos y enfermeras que accedieran a su puesto de trabajo sin acreditar el nivel de catalán requerido tendrían dos años de plazo para hacerlo. En caso contrario, no podrían participar en procesos de movilidad interna y tampoco percibirían los complementos de la carrera profesional fijados para su categoría profesional.

Una vez que el TSJB falló en contra del decreto y ahora que lo ha hecho el Supremo, dictámen contra el que ya no cabe recurso, el acceso al Servei de Salut deberá regirse por la Ley de Función Pública que, como se recordará, establecía niveles de catalán más altos para todas las categorías profesionales.

Contactado el bufete de abogados Fiol, que representa los intereses del sindicato CSIF, ha confirmado el fallo del Supremo aunque ha matizado que la sentencia ha sido contraria sin entrar a valorar el fondo del asunto del recurso de casación al comprobar que no existían otras sentencias discrepantes sobre este mismo asunto de tribunales superiores de justicia del país.