Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma avala la designación por parte del Ayuntamiento de Sant Antoni de Lucía Ribas y Olivia del Cura como cargos de confianza. La sentencia da la razón al Consistorio, que justificó estas contrataciones alegando que eran de personal eventual, por lo que «resulta de aplicación la normativa específica prevista en la legislación estatal de función pública». En consecuencia, se indica en el fallo firmado por la magistada Núria Magem Ramos, «la regulación de la legislación autonómica no puede contradecir o infringir la legislación básica del Estado» .

El denunciante, el concejal del PSOE Antonio Lorenzo, aducía «la ilegalidad de los decretos de nombramiento de personal eventual, dado que dicho personal no figura en la relación de puestos de trabajo, con fundamento en el artículo 29 de la Ley 3/2007 de Función Pública de la Comunitat», se añade en la sentencia.

El PSOE anunció ayer que recurrirá: «El grupo progresista no comparte la resolución judicial, la cual ha establecido que la regulación autonómica no era de aplicación y no podía contradecir la ley estatal, en cuanto al procedimiento a seguir para la contratación de los asesores». PSOE-Reinicia «considera que la legislación de la Comunitat complementa, que no contradice, la legislación básica, en cuanto a los requisitos a cumplir para la contratación del personal de confianza».

«La contratación de estas personas», añade el PSOE en una nota, «tenía como único objetivo pagar, por parte de Marcos Serra, los favores políticos que le exigieron Ciudadanos y Proposta per Ibiza a cambio de su apoyo».