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El Govern sanciona a catorce aerolíneas por cláusulas abusivas

Las multas a las compañías aéreas por esta causa alcanzan un valor de 745.350 euros

Un avión en la pista de despegue del aeropuerto de Ibiza. César Navarro

La Dirección General de Consumo del Govern balear ha abierto durante los últimos años 27 expedientes sancionadores por un importe de 909.251 euros a empresas por introducir cláusulas abusivas en los contratos de los consumidores. Destacan las multas impuestas a 14 aerolíneas, que agrupan sanciones por valor de 745.350 euros.

Así lo explicó ayer el director general de Consumo, Félix Alonso, durante el curso ‘Contratos con consumidores, transparencia y cláusulas suelo’ celebrado en la Escuela de Hostelería de Balears.

Respecto a los 27 expedientes sancionadores, el director general destacó especialmente las cláusulas abusivas detectadas en aerolíneas y entidades bancarias. En este sentido, un total de 13 aerolíneas han recibido un expediente sancionador por la inclusión de dos cláusulas abusivas no show. Todas ellas han sido multadas por un importe de 697.350 euros.

La primera estaba introducida en las condiciones generales del contrato para los billetes adquiridos. En ella se establecía que, si un pasajero no va a hacer uso de uno de sus billetes y quiere seguir disfrutando del resto, está obligado a informar a la compañía. De no hacerlo, ésta se reserva el derecho de cobrar una penalización para los vuelos no utilizados.

La segunda hacía referencia a que, si alguno de los trayectos comprados por el usuario no se usa, automáticamente pueden cancelarse los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete.

Tarjetas de embarque

A los casos anteriores se suman las cláusulas abusivas de Ryanair «que cobró un importe desproporcionado por la emisión y remisión de las tarjetas de embarque a los pasajeros de su aerolínea que no las aportaron en el momento del embarque». Además, la aerolínea ha recibido una sanción de 48.000 euros por introducir en los ‘Términos y condiciones de transporte’ una cláusula que establece limitaciones en cuanto a los bultos que los pasajeros pueden portar en cabina, ya sea limitando su número o volumen, o supeditándolo al pago de una determinada cantidad.

Consumo ha abierto un procedimiento sancionador a dos entidades bancarias por incluir en la escritura de préstamo hipotecario una cláusula de gastos declarada como abusiva por falta de equilibrio entre las partes. También ha abierto un expediente por no facilitar información precontractual sobre el índice de referencia IRPH en el contrato de una hipoteca.

Por otro lado, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Palma ha condenado a Air Europa a abonar a un pasajero 600 euros por la cancelación de un vuelo. Además, la jueza condena con costas con especial declaración de temeridad y mala fe a la compañía aérea por su conducta contraria a sus propios actos, obligando al demandante a acudir a la vía judicial en dos ocasiones, según informó el portal Reclamador.

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