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Sant Antoni debe indemnizar a una promotora con cerca de medio millón de euros más intereses por darle una licencia ilegal

El Ayuntamiento otorgó hasta dos permisos, en 2006 y 2008, para el mismo edificio de viviendas en es Pouet que invadía la zona de servidumbre de protección de Costas

Las obras de Residencial Portofino, en es Pouet, en una imagen de archivo.

El Ayuntamiento de Sant Antoni se enfrenta a una cuantiosa factura por la concesión, en 2008, durante el gobierno del PP que presidía José Sala, una licencia ilegal para construir un edificio de viviendas, garajes y dos locales en la zona de es Pouet. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) estima parcialmente un recurso de la promotora Residencial Portofino y condena al Consistorio a indemnizarle por los daños y perjuicios que le ocasionó que el proyecto autorizado por el Consistorio, con informe favorable del aparejador municipal, invadiera parte de la zona de servidumbre de protección de Costas.

En concreto, la sentencia, contra la que cabe recurso de casación, apunta que el Ayuntamiento debe sufragar el coste de las obras de demolición de la parte del edificio que invadía la zona de protección de Costas (37.486 euros más los intereses legales desde 2015, que es cuando se restableció la legalidad) y el lucro cesante que el perito judicial estima en 451.783 euros. El fallo del tribunal balear señala que desde el 1 de junio de 2009, cuando se paralizaron las obras a raíz de la apertura de un expediente sancionador del Consell de Ibiza, hasta que se derribó la parte del edificio ilegal, las obras quedaron suspendidas, y la promotora no tiene que soportar «estos efectos lesivos». Acto seguido añade que «estas consecuencias son imputables al Ayuntamiento, el cual otorgó una licencia de obras sin comprobar la afectación a la zona de servidumbre».

Derribo y lucro cesante

«La indemnización total» (el coste del derribo y el lucro cesante) se determinará cuantitativamente, según la sentencia, según los parámetros anteriormente señalados, a lo que se deberán sumar los intereses legales desde que la promotora interpuso la reclamación de responsabilidad patrimonial, en octubre de 2015. La promotora exigía poco más de un millón de euros.

Los hechos se remontan a marzo de 2005, cuando Residencial Portofino presentó en el Ayuntamiento un Estudio de Detalle relativo a la reordenación de volúmenes de la parcela situada en la zona de es Pouet, que, tras su exposición pública, el pleno del Ayuntamiento aprobó el 4 de noviembre del mismo año. Sobre este punto, la sentencia del tribunal balear destaca que resulta «incontrovertido» que dicho Estudio de Detalle se aprobó sin que el Consistorio, que era «el órgano competente» para hacerlo, solicitara el informe preceptivo y vinculante de la Demarcación de Costas al que obliga la legislación. Del mismo modo, el Ayuntamiento concedió una primera licencia de obras, en febrero de 2006, «sin comprobar que el edificio proyectado invadía en parte la servidumbre de protección de Costas».

Obligados a anular la licencia

De hecho, el Consistorio se vio obligado a suspender la efectividad de la licencia en julio de 2007 después de que Costas denunciara que las obras eran ilegales. Este permiso de obras fue anulado por una sentencia judicial en 2009. Ahora, el TSJB indica que el fallo judicial de 2009 ya produjo «efectos en la esfera jurídica y patrimonial de la promotora» y que esta tenía el plazo de un año para presentar la correspondiente reclamación de responsabilidad patrimonial. Pero no lo hizo. Por ello, el tribunal deja fuera de la demanda para exigir una indemnización presentada en 2015 el perjuicio que le ocasionó la primera licencia mal dada por el Consistorio en 2006.

En diciembre de 2007 se aprobó un nuevo deslinde de Costas y en abril de 2008, también al amparo de un informe favorable del aparejador municipal, el Ayuntamiento otorgó a la promotor una nueva licencia para ejecutar el mismo proyecto de 2005. Sin embargo, se repitió la misma historia y, una vez reiniciadas las obras, en marzo de 2009, la Demarcación de Costas denunció de nuevo que se estaba invadiendo la zona de servidumbre de protección, «si bien en una superficie menor que antes de la aprobación del deslinde».

A raíz de ello, el Consell inició el 1 de junio de 2009 un expediente sancionador y ordenó la paralización de las obras. Tras sucesivos expedientes caducados, finalmente el Consell incoó otro expediente en mayo de 2014 que resolvió que la infracción había prescrito pero ordenó la demolición de la parte de la construcción ilegal: un área 21 metros cuadrados en planta baja y 26,6 en terrazas.

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