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La exconcejala Aída Alcaraz “ni acosó ni cometió actos vejatorios” contra el jefe de Policía de Sant Antoni

Absuelta la exconcejala de Gobernación de haber acosado laboralmente a Javier Verdugo Sedas. La magistrada recuerda al denunciante que «el Derecho Penal es el último recurso que debe utilizarse» y que los vaivenes de la política «no convierten en delictiva cualquier conducta»

Aída Alcaraz durante el juicio celebrado el pasado mes de mayo en Eivissa.

La exconcejala de Gobernación de Sant Antoni, Aída Alcaraz, ha sido absuelta del delito de acoso laboral del que fue acusada por el jefe de la Policía Local de ese municipio, Javier Verdugo, según avanzó ayer Radio Ibiza Ser. Alcaraz, que fue juzgada por este caso el pasado 26 de mayo en el juzgado número 1 de lo Penal de Ibiza, expresó ayer su satisfacción por su absolución: «Hoy se ha hecho un poco de justicia y alguien ha puesto sentido común a este asunto, algo que, desde mi punto de vista, no tendría que haber llegado a esto. Estoy más que contenta», contó a este rotativo.

La sentencia, del 9 de agosto pasado, absuelve a Aída Alcaraz del delito de acoso laboral imputado «al no constar acreditado que haya venido realizando actos degradantes y vejatorios contra el jefe de Policía Local Francisco Javier Verdugo Sedas». La resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares en el plazo de 10 días siguientes a su notificación.

La magistrada que firma la sentencia, Clara Ramírez de Arellano, considera que ni ha resultado acreditado que el 27 de noviembre de 2015 la acusada ordenara a Verdugo, sin previo aviso, recoger sus cosas y desalojar su despacho para que lo ocupara Ángeles Gallardo, la entonces nueva directora Técnica de Seguridad; ni tampoco que, aprovechando las vacaciones de Verdugo, Alcaraz «le privara de su mesa, su silla, sus archivos y ficheros».

Javier Verdugo entra en mayo al juzgado. | TONI ESCOBAR

De hecho, la magistrada no da visos de verosimilitud ni considera probadas ninguna de las supuestas pruebas que Verdugo expuso como ejemplo de acoso. Por ejemplo, que la acusada, el día 11 de febrero de 2016, «aprovechando que Verdugo estaba de baja laboral, le retirara el vehículo oficial». Sin embargo sí estima acreditado que, en ese caso, «el Ayuntamiento, por falta de presupuesto para vehículos policiales, acordó destinar el vehículo asignado a la jefatura de Policía Local, que hasta entonces lo usaba de forma exclusiva Verdugo, al uso también por otros miembros de la Policía».

Sin móvil

De la misma manera, la magistrada descarta como prueba que Alcaraz, mientras Verdugo estaba de baja laboral, «le retirara su teléfono móvil y su cuenta de correo». La magistrada incluso echa en cara al jefe de la Policía Local que se queje por eso: «Ha quedado acreditado que el teléfono móvil y el correo son corporativos y están asignados a la jefatura de Policía, no a Francisco Javier Verdugo a título personal». Cree la titular del juzgado que «ningún reproche puede hacerse a la conducta de la acusada respecto del teléfono móvil, toda vez que estando Verdugo de baja, no necesita utilizar el asignado a la jefatura». Sí lo necesitaba el jefe accidental en funciones: «No sería lógico -señala en la sentencia- la asignación de otro móvil para el jefe accidental con el gasto que ello supone. Dada la escasez de medios con los que cuenta el Ayuntamiento, lo correcto es ahorrar en gastos».

De esa denuncia por acoso, la magistrada descarta que la exconcejala de Gobernación «convocara reuniones sin la necesaria presencia del jefe de Policía Local», ni cree acreditado «que ocupara la mesa y utilizara el ordenador de Verdugo, ni que incoara varios expedientes disciplinarios contra él con ánimo de humillarlo y hostigarlo».

Alcaraz reiteró ayer que, como se señala en la sentencia, en ningún momento quiso humillar al jefe de la Policía, sino limitar sus privilegios: «Como equipo de gobierno, lo que intentamos fue gestionar de la manera más eficaz y eficiente los recursos con los que contaba la Policía Local de Sant Antoni. Él [Javier Verdugo] quiso entender que era un agravio personal contra él. La sentencia dice ahora que lo que él entendía que era una violación de derechos no pasó nunca; nada más lejos de la intención del equipo de gobierno y mía como concejala de esa área [de Gobernación]».

Durante el juicio, el Ministerio Público mantuvo contra Aída Alcaraz la solicitud de una pena de un año de prisión y el pago de una indemnización de 5.175 euros por un supuesto delito de acoso laboral, mientras que la acusación particular solicitó dos años de cárcel y el pago de una compensación de 23.000 euros por un delito contra la integridad moral de las personas. Verdugo denunció a Alcaraz en marzo de 2017.

Un cajón roto

En la sentencia también se recalca que el nombramiento de Ángeles Gallardo para ocupar el cargo de directora técnica de Seguridad no tuvo como objetivo «la intención de humillar, degradar y atentar contra la dignidad de Verdugo». Tampoco quedó acreditado que la edil de Gobernación le echara «sin contemplaciones de su despacho» (como él aseguró) para que lo ocupara Gallardo: «El nombramiento de Gallardo se hizo por parte del Consistorio, con funciones distintas de la Jefatura de Policía Local y el motivo de tener que compartir despacho era por razones de espacio en el retén», subraya la jueza.

«Tener un cajón roto en un edificio público es algo habitual que no humilla ni veja ni constituye un acto de presión para echarte de tu trabajo»

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La magistrada llega a echar un rapapolvo a Verdugo por insinuar que, al volver de vacaciones, «no solo se vio obligado a compartir despacho con Gallardo sino [que además] la mesa que le fue asignada tenía un cajón roto y estaba desvencijada y en mal estado». Según se lee en la sentencia, «es cierto que ha quedado acreditado que tenía un cajón roto, pero que fue arreglado por el servicio de mantenimiento. A ello hay que decir que tener un cajón roto en un edificio público es algo habitual que, si bien molesta al usuario del mismo, no humilla ni veja ni constituye un acto de presión para echarte de tu trabajo».

A ese zasca se suma otro en el que la jueza viene a decir que Verdugo tiene la piel muy fina: «No se alcanza a comprender en qué humilla, veja y atenta a la dignidad del jefe de Policía Local que se encuentra de vacaciones el hecho de que se celebre una Junta con el jefe accidental que le sustituye». La firmante de la sentencia recuerda además a Verdugo que «el Derecho Penal es el último recurso que debe utilizarse». El denunciante, a su juicio «tenía a su disposición otros órdenes jurisdiccionales para reclamar sus derechos si entendía que estaban siendo vulnerados por la acusada o por la corporación municipal».

Y en ese sentido concluye con otro tirón de orejas: «Hay que tener en cuenta que un cargo como es el de jefe de la Policía Local ha de sufrir los vaivenes de la política municipal y del resultado de las elecciones, y ello genera discrepancias entre las personas que vienen ocupando estos cargos con los nuevos equipos de gobierno municipal, que tratan de imprimir en su legislatura sus propios criterios. Esos criterios pueden molestar e incomodar al personal de la administración municipal, pero ello no convierte en delictiva cualquier conducta».

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