Diario de Ibiza

Diario de Ibiza

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Eutanasia

Los solicitantes de la eutanasia podrán elegir el día y desistir hasta el final

Desde el próximo día 25 se puede pedir ayuda para morir y se estima que desde la solicitud hasta la administración del fármaco transcurrirán entre 40 y 50 días | A los que opten por hacerlo en el hospital se les proporcionará intimidad con una habitación individual

España es el séptimo país del mundo que despenaliza la eutanasia.

A partir del próximo día 25, los ciudadanos de Baleares ya podrán solicitar ayuda al Servei de Salut para morir por padecer una enfermedad incurable que curse con un gran dolor físico o psíquico y no existan alternativas terapéuticas que mejoren sus expectativas vitales. 

Una nueva prestación de la que, lógicamente, tanto los solicitantes como los sanitarios implicados podrán desistir en cualquier momento de un proceso muy garantista que puede consumir entre 40 y 50 días desde la solicitud a la administración del fármaco letal con el que concluirá la asistencia.

Nacho García, director general de Prestaciones y Farmacia del Servei de Salut, y Yolanda Muñoz Alonso, enfermera que ha sido designada presidenta de la Comisión de Garantías y Evaluación que tendrá la última decisión sobre todas las solicitudes de eutanasia que se reciban, han explicado a Diario de Mallorca, del grupo prensa ibérica, mismo grupo al que pertenece Diario de Ibiza, todos los pasos que habrá que dar antes de recibir la prestación.

Esta comisión, formada en Baleares por 5 sanitarios (1 enfermera y cuatro médicos) y 4 juristas con cinco años de experiencia que, recalca García, han sido elegidos en función de sus conocimientos en el ámbito de los momentos terminales de la vida, será la que tenga la última palabra para aprobar o desestimar la prestación. Cada solicitud será resuelta por un sanitario y un jurista, no por toda la comisión, precisa.

Las claves

  1. Mayor de edad, capaz y residente. Será condición necesaria que sea una persona mayor de edad, que tenga nacionalidad española o residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses, y que en el momento de la solicitud sea capaz y consciente.
  2. El médico responsable, hasta el final. El médico responsable elegido por el solicitante deberá acompañarle en el final.
  3. Muerte natural y prestación gratuita. El fallecimiento por esta vía tendrá consideración legal de muerte natural y el coste de la nueva prestación será totalmente gratuita.

García explica que el solicitante ha de buscar primero un sanitario que le secunde en la petición que se elevará a un médico responsable que puede ser tanto su facultativo de cabecera como el especialista que le esté tratando de su enfermedad.

El médico responsable iniciará un proceso deliberativo con el paciente para comprobar que su petición está justificada y que se han agotado todas las alternativas posibles. «También deberá constatar su capacidad para tomar esta decisión», recuerda García revelando que la eutanasia también se podría aplicar a una persona que hoy en día estuviera incapacitada pero que previamente hubiera reflejado sus deseos en un documento de voluntades anticipadas.

Para una segunda ratificación de la solicitud se habrá de buscar a un médico consultor que debe ser un especialista de la patología que afecte al demandante y que no debe conocerle ni haber tenido relación profesional con él.

Con estos dos dictámenes médicos se acudirá a la Comisión de Garantías que es la que aprobará o desestimará la eutanasia en último término pese a lo aconsejado por los médicos.

También el solicitante podrá recurrir a esta instancia en caso de que los facultativos nieguen su autorización o a la vía contencioso-administrativa en caso de que sea la propia Comisión la que la desestime.

Habrá equipos de referencia y grupos de anestesia y paliativos fijos para administrar los fármacos

decoration

Yolanda Muñoz subraya que, pese a que hay un plazo de dos días desde la aprobación de la eutanasia hasta la dosificación del fármaco letal, «el paciente podrá elegir el día, el momento, solicitar un aplazamiento o negarse hasta el último momento».

Acompañamiento

Y Nacho García apunta que el médico responsable ha de acompañar al paciente en sus últimos momentos, cuando se ejecute una eutanasia que puede realizarse en el propio domicilio del peticionario, en el centro residencial donde se encuentre ingresado o en el hospital público o privado que decida. En caso de que opte por esta última opción, se le facilitará un entorno íntimo, una habitación individual. 

García revela que se han aprobado dos fármacos para completar el proceso, uno por vía oral y otro endovenoso, y que el primero se reservará para los casos en los que el paciente se lo autodosifique en la intimidad de su domicilio. Se crearán asimismo equipos permanentes para administrar los reclutados entre anestesistas y especialistas en paliativos.  

El director general concluye revelando que todas las comunidades autónomas han consensuado el uso de los mismos fármacos, la utilización de los dos test para evaluar la petición de la prestación y el hecho de que todos los sanitarios implicados en el proceso -el médico responsable, el consultor o el administrador-, puedan objetar en cualquier momento.

Calculan que un 50% de los sanitarios podrán declararse objetores de conciencia

Aunque Rosa Duro, subdirectora de Humanización del Servei de Salut, estima que la objeción de conciencia para la nueva prestación en el ámbito sanitario será de un 50%, Nacho García considera este porcentaje demasiado optimista ya que no existen referencias porque ningún país de nuestro entorno más cercano, exceptuando los Países Bajos, ofrece la eutanasia en su cartera de servicios sanitarios.

«La ley prevé que el médico pueda declararse objetor en cualquier momento del proceso, pueda acogerse a la objeción de conciencia sobrevenida», apunta el director de Prestaciones.

Tanto García como Duro admiten que en estos momentos se carece de la norma autonómica necesaria para crear un registro centralizado de objeción de conciencia y que se está realizando de manera individual en cada gerencia.

«La ley se aprobó el 23 de marzo y entra en vigor el próximo día 25. Teníamos tres meses para implementarla con una organización sanitaria que no está preparada para esta prestación», admite García señalando que han reducido esta carencia con sesiones de sensibilización y de formación impartidas a sanitarios de todas las gerencias.

«Habrá profesionales de referencia que ayudarán a los que quieran realizar la eutanasia y todavía alberguen dudas o no se sientan seguros», garantiza.

Compartir el artículo

stats