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El Consell regulará el alquiler de hasta tres habitaciones en las casas payesas

En ambos casos, cada año se deberá presentar una memoria con las inversiones de mejora de las explotaciones y las casas

Obras de reforma de una casa payesa situada en Cala d’Hort, junto al observatorio astronómico. | J. A. RIERA

El equipo de gobierno del Consell de Ibiza elevará al pleno de la semana que viene la aprobación inicial del paquete de medidas para simplificar los trámites administrativos, entre ellas la eliminación de facto de la tramitación de la cédula de habitabilidad, y que incorpora la reglamentación de las agroestancias previstas en la ley balear agraria y, como novedad, el alquiler turístico de primera vivienda de las casas payesas, anteriores a 1956, en suelo rústico común.

El vicepresidente primero del Consell, Mariano Juan, explica que, para incentivar la economía en el sector agrario, y después de recoger sugerencias de ayuntamientos y colegios profesionales, se ha decidido aprovechar el reglamento de medidas de simplificación administrativa para incorporar estas dos cuestiones.

La ley turística contempla la posibilidad de explotar como alquiler turístico la primera vivienda del propietario durante un periodo de sólo 60 días al año, y los consells insulares tienen la potestad de aprobar un reglamento para concretar las condiciones. En este caso, el reglamento de Ibiza limitará a las casas payesas (anteriores a 1956), aunque sólo las ubicadas en suelo rústico común, la posibilidad que marca la ley sobre el alquiler turístico de la primera vivienda. Se podrán alquilar hasta tres habitaciones, lo que supone seis plazas turísticas.

Conservación del patrimonio

El vicepresidente primero sostiene que el espíritu de esta regulación es el siguiente: «Si haces algo por Ibiza, recibes algo de Ibiza». En este sentido, Mariano Juan argumenta que las casas payesas tienen «un nivel de protección importantísimo, que hace que básicamente no se puedan tocar y adaptar a la vida moderna». Además, los gastos de conservación de los elementos etnológicos del entorno de estas casas son «brutales», cuando, subraya, «no se puede permitir que se degraden y se abandonen, y está pasando».

Por ello, el reglamento establecerá la obligatoriedad de los propietarios que alquilen habitaciones de sus casas payesas (60 días como máximo al año) a presentar una memoria anual en el Consell (ante el departamento de turismo) en el que se especifiquen las actuaciones que se han hecho para la conservación de los elementos patrimoniales, como por ejemplo el arreglo de una sénia. «Si el propietario obtiene una renta, una parte se ha de destinar a la conservación de la casa», insiste.

Los propietarios interesados deberán tramitar el permiso de vivienda vacacional, aunque la tasa que deberán abonar (ahora son 4.000 euros por plaza) será proporcional al periodo de explotación (60 días).

El reglamento regula también las condiciones de las agroestancias, figura que aparece en la ley balear agraria de 2019. En este caso, las explotaciones agrarias preferentes (sólo hay unas 40 en la isla) pueden explotar hasta seis plazas turísticas. También se deberá presentar cada año en el departamento de agricultura del Consell una memoria con las inversiones acometidas para mejorar las condiciones de las fincas. «Queremos incentivar, con ello, que se cultive más y se amplíe el número de explotaciones prioritarias».

Eliminación del trámite de la cédula de habitabilidad

El Consell reglamenta qué obras mayores y menores se pueden ejecutar sólo con una comunicación previa. Después de la negativa del Govern balear, a propuesta del Consell de Eivissa, a eliminar el trámite de las cédulas de habitabilidad, la institución insular lo hará por su cuenta, tal como se había anunciado, a través del reglamento de simplificación administrativa que empezará a tramitarse tras su aprobación inicial en el pleno del viernes.  

No se elimina porque la normativa no lo permite, pero se hace de facto. Cuando un ayuntamiento de la isla certifica el final de obra y la licencia de primera ocupación comprueba las condiciones de habitabilidad de la vivienda, por lo que este trámite servirá también para la obtención de la cédula. En todo caso, el Consell, seguirá tramitando las renovaciones de las cédulas que se deben obtener cada 10 años y las de carencia (para las casas anteriores a 1987), aunque se simplificará la documentación que se debe aportar.

La institución tendrá un mes de plazo para dar vía libre a las catas arqueológicas previas de un elemento catalogado

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Por otra parte, el reglamento también desarrolla la posibilidad de ejecutar obras mayores y menores con la presentación de una comunicación previa, sin la obligación de obtener una licencia. Los promotores, eso sí, tendrán que presentar un proyecto y los servicios técnicos municipales comprobarán que las obras ejecutadas coinciden con lo proyectado. En el caso de obras de «conservación y seguridad» de una vivienda en suelo rústico protegido (cambiar una viga del techo, por ejemplo) también se podrán ejecutar con una comunicación previa. 

Por último, si el Consell no responde en un mes a las solicitudes de intervenciones arqueológicas previas en un elemento catalogado (las catas anteriores a una obra) se podrán ejecutar por silencio positivo. Actualmente, la institución tarda unos ocho meses. 

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