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El TSJB dice que el Govern está legitimado para imponer el toque de queda

Un tribunal dividido establece que no existe un derecho absoluto y que se puede imponer un horario

La jueza Ortuño se opone a mantener el toque de queda tras el fin del estado de alarma. |

El Tribunal Superior de Justicia comunicó ayer el auto por el que da validez a todas las limitaciones de movimientos que ha impuesto el Govern para justificar el control de la pandemia sanitaria. Un auto redactado por el magistrado Pablo Delfont, con el apoyo de sus compañeros Gabriel Fiol y Fernando Socías, pero con el voto en contra de las juezas Carmen Frígola y Alicia Ortuño, que no eran partidarias de avalar estas restricciones impuestas por el Ejecutivo de Armengol. Ambas juristas han redactado un voto particular conjunto en el que, entre otras cosas, afirman que estas medidas lo que esconden es un estado de excepción.

Sin embargo, esta opinión de las dos juezas discrepantes no deja de ser simbólica, pues lo que se ha impuesto es la decisión mayoritaria. La Sala lo que mantiene es que la limitación de movimientos que impone el Govern no anula derechos fundamentales, sino lo que hace es limitarlos, debido a la situación excepcional que marca la pandemia sanitaria. Es más, recuerda el tribunal que «todo derecho es limitado» y señala que «ordenar o regular, significa necesariamente limitar». Los jueces han tenido que ponderar esta limitación de derechos y llegan a la conclusión de que, en esta situación excepcional derivada de la pandemia sanitaria, «está en juego el derecho fundamental a la vida reconocido por la Constitución». Y se interpreta que «la salud proporciona junto con la educación las mejores oportunidades para que una sociedad tenga bienestar».

La Sala concluye que estas medidas restrictivas no anulan los derechos constitucionales a la reunión y a la libre circulación, sino lo que hacen es restringirlos o limitarlos en una situación excepcional como es la pandemia sanitaria. Afirman que se pueden imponer al margen del estado de alarma.

El tribunal rechaza la postura de la fiscalía de Balears, que se opuso a que se pudieran mantener estas limitaciones sin contar con la cobertura legal del estado de alarma. El fiscal superior, antes de conocer el contenido del auto, adelantó que estudiará recurrirlo.

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