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Más facilidades en Ibiza para adquirir viviendas de grandes propietarios

El Govern aprueba un decreto ley que facilita los trámites de acceso de las ayudas al alquiler y protege el uso social de las VPO

Imágenes de unos bloques de viviendas en la ciudad de Ibiza

El decreto ley que ha aprobado el Consell de Govern permite que ayuntamientos y consells insulares puedan solicitar al Govern la posibilidad de ejercer el derecho de tanteo y retracto en las operaciones entre grandes tenedores, para así favorecer el uso público y social de las viviendas vacías.

Con esta modificación, las administraciones públicas podrán disponer de viviendas unifamiliares de grandes tenedores -que hasta ahora estaban excluídas porque no tenían criterios asimilables a las VPO- para destinarlas a recursos sociales de alojamiento o cederlas a entidades del tercer sector.

Además, el derecho de retracto respecto de operaciones ya consumadas entre grandes tenedores se amplía a los dos meses desde que la Administración tiene conocimiento.

Esta iniciativa supone una modificación de la Ley de Vivienda de 2018, incluye medidas para facilitar el acceso a las ayudas al alquiler y plantea un régimen sancionador más estricto para las infracciones de vivienda.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consell de Govern, el conseller de Movilidad y Vivienda, Josep Marí, ha descrito los acuerdos del decreto como una “mejora” a la Ley de Vivienda de 2018.

Facilidades en las ayudas

El decreto ley elimina la obligación del solicitante de la ayuda de acreditar el depósito de fianza y permite resoluciones y pagos parciales a medida que se vaya completando la tramitación de los expedientes. También se podrá avanzar al solicitante el cien por cien del importe de la subvención y se permite la justificación de gastos inferiores a 3.000 euros mediante una declaración responsable.

Para facilitar la tramitación al ciudadano de la ayuda, el Govern establece que éstas siempre se tramitarán -incluso cuando se realicen de manera telemática- con un apoyo y una atención personalizada.

Además, texto aprobado por el Govern atiende las peticiones del sector de la construcción e incluye la posibilidad de que se puedan hacer obras hasta el 15 de junio, como mínimo, independientemente de que los ayuntamientos que lo estimen oportuno puedan alargar esta actividad.

Uso social de las VPO

La iniciativa plantea también unas limitaciones en el uso de las VPO para garantizar su carácter social. Así, a partir de ahora las VPO no pueden ser objeto de subarrendamiento, ni de cesión de uso total o parcial sin control de la administración, mientras que el alquiler de una VPO que un particular tenga en propiedad se tendrá que hacer por el precio máximo que fija la administración. Si se supera, se puede resolver el contrato, además de ser sancionable.

Sanciones y obligaciones

Los inspectores contarán con más instrumentos para poder detectar infracciones en materia de vivienda, de forma que pueden actuar sin identificarse previamente o, incluso, bajo una identidad encubierta.

En cuanto al régimen sancionador, se refuerzan las multas coercitivas (multas sucesivas cuando se reitera un incumplimiento en las obligaciones) y se pasa de la posibilidad de interponer tres multas sucesivas a doce. Cada una de ellas podrá llegar al 50 % del importe de la sanción inicial.

En el caso de los grandes tenedores, la negativa reiterada a dejar acceder a una vivienda se sancionará por el incumplimiento concreto y se podrán imponer multas sucesivas del 50 % del importe hasta que se cumpla. Las sanciones pueden ir de los 3.000 a los 90.000 euros.

En esta línea, se refuerza la obligación de los grandes tenedores a colaborar con la Administración, por lo que tendrán que aportar más información sobre el comprador, las cargas del bien o la identificación catastral y registral. La obligación es tanto para el comprador como, subsidiariamente, para el vendedor.

Finalmente, el decreto apuesta por la construcción 'sostenible' de vivienda pública y deroga normativas técnicas antiguas sobre el diseño y la calidad de las VPO que se considera que han quedado obsoletas y que impiden el desarrollo del nuevo modelo arquitectónico que impulsa el IBAVI.

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