El GOB aclaró ayer que el fondeo sobre posidonia sigue siendo «ilegal y sancionable» a pesar de la sentencia que ha emitido el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) sobre el recurso interpuesto al Decreto 25/2018, de 27 de julio, sobre la conservación de la posidonia oceánica en las islas por la Asociación de Clubes Náuticos de Balears y la Asociación de Navegantes del Mediterráneo.

Según informó la entidad ecologista GOB en nota de prensa, el recurso contra el decreto de posidonia no ha conseguido invalidar los artículos «fundamentales» de la norma. Solo tres puntos del articulado han sido invalidados, el que establece genéricamente el régimen sancionador, y los que marcan la ilegalidad de la posible afectación por la cadena de la áncora y la agravante del vertido de sentinas y aguas residuales. En esta línea, desde la entidad ecologista se destaca que el TSJIB no ha aceptado dos de los argumentos considerados básicos de las entidades recurrentes.

Así, se recuerda que las asociaciones de navegantes apelaron en su recurso al decreto sobre conservación de la posidonia oceánica a principios de igualdad, esgrimiendo que el decreto proyecta su régimen de protección sobre una actividad potencialmente lesiva -el fondeo- pero no sobre la acción, según ellos, más dañina, el vertido de aguas no depuradas y salmueras.

Por otro lado, rememora que las asociaciones recurrentes también consideraron vulnerado el principio de seguridad jurídica ante la ausencia, según ellos, de cartografía vigente que concrete dónde no se puede fondear.

Con todo, avanza que ahora será el Govern el que tendrá que decidir si emprende o no una modificación puntual del decreto para adaptarlo a la sentencia.