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Restricciones

«Sin estado de alarma es imposible decretar el toque de queda en Baleares»

Juristas y expertos consideran que las comunidades no disponen de herramientas para aplicar restricciones de movilidad y circulación

Una calle de Sant Antoni casi vacía ante la entrada en vigor del toque de queda. | J. A. RIERA

«Los toques de queda, cierres perimetrales y limitaciones de reunión deberían desaparecer a partir del 9 de mayo porque no existe ningún soporte legal». Así de contundentes se mostraron los diferentes juristas y expertos en derecho constitucional sobre la situación que se podría dar en las islas una vez finalice el estado de alarma el 9 de mayo. De hecho, el presidente Pedro Sánchez volvió a asegurar ayer en el Congreso de los Diputados que no tiene intención de prorrogarlo. Ante esta situación, ya son muchas las comunidades autónomas, entre ellas Baleares, las que exigen herramientas para poder seguir aplicando restricciones frente a la pandemia. ¿Hasta dónde pueden llegar los territorios con la actual legislación? ¿Cuáles son los conflictos que se podrían producir con los derechos fundamentales de los ciudadanos?

Los testimonios coinciden en que los tribunales volverán a ser los que decidan si se mantienen las restricciones

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Desde la perspectiva de Alejandro González, juez de lo Contencioso en el nº2 de Palma y presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura en las islas, el fin del estado de alarma supondría la eliminación de aquellas limitaciones que afectan a los derechos de los individuos: «Volveríamos a la situación que existió con la desescalada en verano, antes de la declaración del segundo estado de alarma. La circulación de los ciudadanos de una comunidad a otra, el poder moverte por tu ciudad más allá de las diez de la noche, reunirse con varias personas, todo esto se ha prohibido exclusivamente por esta normativa estatal». Un argumento que compartió Sebastià Rubí, experto en derecho constitucional y profesor de la UIB: «En principio todas las competencias que había ejercido Francina Armengol caerían una vez finalice este decreto en mayo. No podrá haber toque de queda porque no hay amparo legal para limitar estos derechos».

Derechos fundamentales

El gran conflicto que señalaron los expertos y letrados es que medidas como los cierres perimetrales o la prohibición del libre movimiento de las personas afectan a derechos fundamentales y las comunidades no disponen de ninguna herramienta jurídica que contemple esta limitación: «No tienen capacidad normativa para adoptar estas restricciones. Cuando todas las comunidades pidieron al Estado confinamientos entre la primera y la segunda ola es porque no existe alternativa posible», expresó Jaime Tártalo, portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria en las islas. Asimismo, Alejandro González señaló que son competencias exclusivas del Ejecutivo central: «Las limitaciones de derechos fundamentales se deben regular a través de una ley orgánica, que sólo puede dictarla el Gobierno estatal, como ocurrió con el estado de alarma. Conforme a la regulación que tenemos, estas prohibiciones son inviables».

«Podríamos volver a la situación que existió en la desescalada del pasado verano» ALEJANDRO GONZÁLEZ JUEZ DE LO CONTENCIOSO DE PALMA

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Interpretación de la Ley

Un conflicto que podría provocar un aumento de demandas en los tribunales por parte de los ciudadanos, al considerar que la comunidad autónoma no tiene la competencia para restringir estos derechos: «Se puede dar un aumento de procedimientos judiciales contra la administración por entender que no son competentes para determinar este tipo de medidas», informó Catalina Martorell, jueza de Instrucción en el nº3 de Inca y coordinadora de la asociación Jueces y Juezas para la Democracia.

«Los tribunales decidirán si estas medidas tienen una justificación sanitaria» CATALINA MARTORELL JUEZA DE INSTRUCCIÓN DE INCA

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Frente a esto, la única vía posible para que Baleares pudiera mantener el toque de queda y la limitación de reuniones sería apelar a una interpretación amplia de la Ley general de Salud, tal y como sostuvo la propia Catalina Martorell: «Es una de las posibilidades que tendrán encima de la mesa para poder seguir aplicándolas». Una situación en la que seguramente ya estén trabajando desde el Govern, según Alejandro González: «Imagino que Baleares acudirá a sus asesores y abogados para ver si pueden establecer algún tipo de régimen de desescalada y que a partir del 10 de mayo no se eliminen todas las restricciones».

«La ley general de Salud no habilita restricciones a la movilidad de los ciudadanos» JAIME TÁRTALO PORTAVOZ ASOCIACIÓN JUDICIAL FRANCISCO DE VITORIA EN BALEARS

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Sin embargo, para Jaime Tártalo, esta Ley de Salud no está adaptada para estas circunstancias: «Esta normativa no habilita en ningún caso las limitaciones y no me consta que se haya realizado ninguna reforma al respecto. Estamos hablando de derechos fundamentales, la Ley de Salud no tiene margen de maniobra en este sentido». Desde el punto de vista de Sebastià Rubí, no sería adecuado hacer extensible esta interpretación, ya que es algo que podría afectar de cara al futuro: «Si la situación es extrema, que prolonguen el estado de alarma. Lo que no pueden hacer es forzar la interpretación para limitar derechos fundamentales, porque, una vez que aceptas la restricción de estos, es muy difícil recuperarlos».

«No pueden forzar la interpretación de normativas para limitar derechos fundamentales» SEBASTIÀ RUBÍ EXPERTO EN DERECHO CONSTITUCIONAL UIB

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Sentencia de los tribunales

En este contexto, todos los juristas coinciden en que, en el caso de no prorrogarse el estado de alarma, serán los tribunales quienes tengan la última palabra sobre la interpretación que pueda presentar Baleares sobre la Ley general de Salud o alguna otra normativa. «Una vez finalice este decreto, las comunidades ya no deciden, sino que pasan a ser solicitantes a los tribunales de la ratificación de sus medidas. Al final, cada tribunal determinará en función de las circunstancias que haya en cada caso», manifestó Alejandro González.

Resoluciones que obedecerán a la interpretación que hagan los propios jueces con estas peticiones: «Dependerá de si los tribunales consideran que la finalidad no está en restringir un derecho fundamental, sino de velar por la salud de las personas. Es posible que las comunidades legislen de forma diferente», expresó la jueza Martorell. «Al final, la pelota volverá a estar en el tejado judicial», concluyó Jaime Tártalo.

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