El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Vila al acordar no admitir a trámite el recurso de reposición contra la resolución de la sentencia del Tribunal Superior de las Islas Baleares (TSJIB) en relación al acuerdo de la modificación puntual del Plan Parcial de Es Gorg.

Esta modificación puntual, aprobada con los votos del equipo de gobierno y los votos en contra del PP, fue recurrida por un grupo de mercantiles y particulares, ha informado este sábado en una nota la administración municipal.

La resolución del Tribunal Supremo, fechada el 25 de marzo, llega tras la sentencia de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que ya desestimó el recurso contencioso administrativo contra la modificación del Plan Parcial del sector IV del planeamiento municipal que permite la construcción del centro de baja exigencia de es Gorg.

El Tribunal, además, condena en costas al pago de 500 euros a los demandantes, que se suman a los 2.000 euros de costas procesales que impuso el TSJIB el pasado 31 de julio.

La justicia considera que los recurrentes hacen "supuesto" de la cuestión al considerar que el acuerdo impugnado implica una reclasificación del suelo, "que la propia sentencia recurrida expresamente rechaza", explican en la nota.

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Desde el Ayuntamiento destacan que con esta no admisión del recurso "concluye" el pleito y se da "por válido" el acuerdo plenario del 28 de septiembre de 2017 por el que se aprobaba definitivamente la modificación puntual del Plan Parcial, que hacía posible la construcción del centro de bienestar social.

Para ejecutar estas instalaciones, el Consistorio recuerda que se cambiaba el uso detallado de 2.059 metros cuadrados de la parcela, pasando de aparcamiento a equipamiento dotacional, y que, además, recibió informe favorable de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Patrimonio Histórico-Artístico (Ciothupa).