La constructora de la ampliación de la carretera de Santa Eulària, en el tramo de Ca na Negreta, y la variante de Jesús, reclama al Consell de Ibiza el pago de algo más de medio millón de euros por obras de mejora que propuso en la fase de licitación, pero no fueron evaluadas (puntuadas) por la mesa de contratación. El Consell de Ibiza, con un dictamen favorable del Consell Consultiu, se niega a ello con el argumento de que el pliego de condiciones preveía que el importe de las mejoras ofertadas por el licitador se destinarían a la ejecución de las mismas (por tanto sin abonarlas), pero que en el caso de que no llegasen a hacerse, el valor económico de las mismas se destinaría a otras partidas de las obras.

En concreto, el pliego de condiciones de la contrata, que fue adjudicada a la Unión Temporal de Empresas formada por Tecopsa y Hermanos Parrot, preveía la posibilidad de que las constructoras ofrecieran una serie de mejoras en determinados capítulos y subcapítulos del proyecto, que serían valorados (puntuados) por la mesa de contratación. La UTE adjudicataria presentó mejoras por un importe de 3,9 millones de euros, pero partidas por valor de 525.284 euros no fueron evaluadas al no estar incluidas en ninguno de los apartados previstos.

A finales de junio de 2019, el contratista presentó un escrito al Consell, en relación con la certificación de obra correspondiente a los trabajos del mes anterior, que incluía un capítulo de mejoras que en su día no fueron objeto de valoración y que, por tanto, entendía que no podían ser consideradas unidades de obra sin abono. A partir de aquí surgió la discrepancia. El Consell emitió un informe desfavorable a las pretensiones de la UTE al concluir que la cuantía de las mejoras que no fueron valoradas y que no se ejecutaron debían ser destinadas a otras partes de la obra.

Sin embargo, la constructora, que presentó en la licitación esas prestaciones como mejoras y las justificó como tales en la memoria, se opone a la interpretación del Consell al considerar ahora que esas partidas no son mejoras sino «modificaciones» o alteraciones de las prestaciones establecidas en el proyecto y en el pliego de prescripciones técnicas.

El Consell Consultiu, máximo órgano de consulta jurídica de la Comunitat, sostiene que la proposición formulada por los licitadores constituía una auténtica oferta de contrato. Así, concluye que la interpretación del Consell de Ibiza es acertada y que exigir las mejoras no valoradas es «conforme a derecho». «Ciertamente, el importe total de las mismas debe englobar aquellas partidas detalladas en su proposición y que no fueron valoradas pues integran su oferta y ésta le vincula», destaca el dictamen.

El vicepresidente primero del Consell, Mariano Juan, admite que la reclamación de la constructora «tiene sentido y parece justa», pero destaca que la doctrina tanto del Consell Consultiu como de otros órganos de contratación de otras autonomías del Estado corroboran la interpretación de los técnicos de la institución. «El pliego de condiciones dice que las mejores ofrecidas se tienen que hacer. No se perdonan y las que no se ejecuten según lo previsto, se tiene que destinar (el valor económico) a otras partidas del proyecto», justifica.