El Consell de Ibiza ha determinado que, transitoriamente, mientras no se delimitan las Zonas de Alto Valor Agrario (ZAVA, nueva figura creada con la Ley Agraria de Balears), en el suelo rústico de Ibiza no se puede autorizar la construcción de viviendas, aunque se cumplan todos los parámetros urbanísticos, si no hay un compromiso del promotor de no solicitar ni realizar una perforada para obtener agua del subsuelo.

Así lo acordó, en su última reunión del pasado mes de agosto, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio (Ciotupha), que estableció los criterios que deben regir los informes del departamento de Agricultura, preceptivos y vinculantes, para autorizar una vivienda u otro tipo de instalación (una canalización, por ejemplo) en suelo rústico, mientras se mantenga el periodo transitorio, de dos años, que marca la nueva ley agraria balear.

En el caso de Ibiza, salvo el suelo forestal, el Plan Territorial Insular (PTI), en vigor desde 2005, califica como Área de Interés Agrario (AIA) todo el suelo rústico. La nueva ley agraria balear prevé que mientras no se delimiten las ZAVA, las AIA tendrán esta consideración e impide edificar una vivienda en este ámbito si ésta no está vinculada a una explotación agraria.

Sin embargo, a petición del Consell, la normativa agraria, que entró en vigor en marzo de 2019, estableció un periodo de transición de dos años (acaba el 1 de marzo) para que los consells tuvieran tiempo para aprobar las ZAVA, a través de un reglamento o de la revisión del PTI.

Parálisis en las autorizaciones

Parálisis en las autorizaciones

Durante este periodo transitorio, el Consell puede autorizar viviendas en el campo aunque no estén vinculadas a una explotación agraria, siempre y cuando haya un informe favorable del departamento de Agricultura de la institución insular que garantice, tal como especifica la ley agraria, cuatro puntos: la suficiencia y calidad de los recursos hídricos, que se respeten y mantengan los sistemas de drenaje tradicional y que no se comprometa el alto valor fértil o productivo de la finca ni la viabilidad agraria de los terrenos contiguos.

El vicepresidente primero del Consell, Mariano Juan, asegura que, como «hasta ahora» no se ha aprobado ningún instrumento que regule los criterios de los informes de Agricultura, «se estaba bloqueando de facto la autorización de viviendas en suelo rústico». Esto ha provocado una parálisis, desde marzo del año pasado, cuando entró en vigor la ley, hasta el acuerdo de la Ciotupha de agosto, en la tramitación de solicitudes de licencia de obras en suelo rústico.

El Consell ya ha empezado a recibir solicitudes de los ayuntamientos para que se redacte el obligado informe de Agricultura. El vicepresidente primero asegura desconocer cuántas solicitudes de permiso de construcción se han visto afectadas porque los ayuntamientos no envían los expedientes al Consell hasta que disponen de toda la documentación.

El Consell tampoco ha iniciado los trámites para delimitar las ZAVA, pese a que solo quedan tres meses y medio para que se acabe el plazo. Juan asegura que para llevar a cabo este instrumento de planificación se debería contratar a una empresa externa por la falta de recursos de la institución insular. Ahora bien, el Consell no tiene intención alguna de contratar este trabajo al margen de la revisión del PTI prevista.

El vicepresidente sostiene que «no tiene ningún sentido» que el Consell lleve a cabo la delimitación de las zonas de alto valor agrario o las turísticas (para regular el alquiler vacacional), que también está pendiente, al margen de la revisión del PTI.

De hecho, esta es una de las propuestas que el Consell solicitó al Govern dentro del paquete de 45 medidas para simplificar los trámites administrativos que se cursan en la institución insular, pero fue rechazada.

Mallorca puede decidir las ZAVA

Mallorca puede decidir las ZAVA

Mariano Juan sostiene que, aunque la ley agraria prevé que el plazo transitorio expire el próximo 1 de marzo, sus efectos se mantendrán en vigor. «La disposición transitoria segunda [la que regula el periodo provisional] dice que mientras no se haga, no pasa nada [no entra en vigor la obligación de que cualquier nueva vivienda debe estar ligada a una explotación agraria], pero también indica que puede ser el Govern el que lo haga», explica.

En concreto, esta disposición especifica, en su último punto, que «en el supuesto de que se incumpla la obligación prevista en el primer punto [delimitar las ZAVA en dos años], la conselleria competente en materia agraria del Govern se podrá subrogar la competencia» para hacerlo.

«Seguiremos defendiendo que sea el Consell el que lo haga dentro de la revisión del PTI. No tiene sentido que se hagan distintas zonificaciones que no estén coordinadas», insiste, no obstante, Juan.