El Govern balear abonó dos veces la expropiación de terrenos afectados por la autovía del aeropuerto, en concreto en la zona del polígono industrial de Sant Jordi. La Comunitat Autònoma inició en 2005 el proceso expropiatorio de tres fincas, que derivaron en 11 expedientes (por las segregaciones de dos de los terrenos), por las que se pagaron al que se creía su propietario, según el Catastro, un total de 306.112 euros.

El acta de adquisición de los terrenos se formalizó en noviembre de 2008 y se liquidó el justiprecio en julio de 2019. Sin embargo, un técnico de la conselleria de Movilidad emitió diversos informes en octubre de 2017, ocho años después, en los que exponía que se había cometido «un error» en la atribución de la titularidad de 10 de las 11 fincas afectadas debido a la poca documentación existente en una zona en la que se había desarrollado «un polígono industrial de manera descontrolada». Añadía que los datos del Catastro no se habían actualizado en 2005, lo que ocasionó problemas en la identificación de los propietarios de las fincas.

En su informe, el técnico del Govern balear exponía que en nueve de las 11 fincas, «los terrenos afectados se solapaban y se duplicaron», pero, además, en junio de 2010, se firmó el mutuo acuerdo (con otro titular, al parecer, el verdadero) por una parcela (por un valor de 54.150 euros), cuando dos años antes ya se había pagado al supuesto propietario según los datos catastrales.

Es más, la Administración abonó el depósito previo (el adelanto que se paga cuando se firma el acta previa de ocupación) de todas las fincas por las que el que se creía inicialmente que era su propietario ya había cobrado el justiprecio, el total de la expropiación. «Se ha pagado dos veces por lo mismo», advierte el técnico de la conselleria balear de Territorio y Movilidad en su informe.

Revisión de oficio del proceso

Revisión de oficio del proceso

Ante esta situación, se revisó la documentación y el técnico concluyó que el primer titular no debió cobrar el justiprecio por dos fincas y sus segregaciones porque «no había acreditado fehacientemente su propiedad». En cambio, los verdaderos dueños con las que se tramitó también el proceso expropiatorio aportaron, en su mayoría, escrituras y contratos para demostrar la titularidad de los terrenos, por lo que «sería justo pagarles el justiprecio», según el informe del técnico de la conselleria de Movilidad.

Tras las comprobaciones efectuadas a posteriori y el informe que emitió la gerencia del Catastro, en mayo de 2019, la conselleria balear de Territorio y Movilidad decidió iniciar un procedimiento de revisión de oficio para declarar la nulidad de las primeras expropiaciones pagadas al que no nera el propietario de los terrenos.

Sin embargo, el Consell Consultiu, el máximo órgano de consulta jurídica de la Administración autónoma, tumbó la revisión de oficio del proceso de expropiación iniciado por la conselleria balear de Movilidad y advirtió de que se debían archivar las actuaciones por exceder el plazo previsto por la normativa para resolver el expediente.

El Consell Consultiu apunta que la Administración puede iniciar de nuevo la revisión de oficio de las expropiaciones, aunque se adelanta, sin profundizar en esta cuestión, y considera que no puede prosperar por el tiempo que ha transcurrido desde que se cometió el error inicial (15 años) y el momento en que se trató de reparar. Los primeros informes de la conselleria se elaboraron en octubre de 2017, 12 años después.

El dictamen del Consultiu no entra en el fondo del asunto y se limita a argumentar las causas de la caducidad y el archivo del expediente: fundamentalmente la superación del plazo previsto por la normativa. Pero añade al final que, una vez evaluada la documentación, considera que se trata de un caso «claramente afectado por los límites de la revisión de oficio previstos en el artículo 110 de la Ley de Procedimiento Administrativo, especialmente en lo que concierne al tiempo transcurrido: los actos objeto de revisión se formalizaron en el año 2005 y el supuesto propietario actuó en todo momento siguiendo las instrucciones de la Administración».

Dicho artículo determina que la revisión de las actuaciones no se podrá ejercitar «cuando, por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio sea contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes».

El caso de Matutes y 'Casetes'

El caso de Matutes y 'Casetes'

La expropiación de fincas afectadas por este proyecto provocó múltiples conflictos, debido a la ocupación de terrenos sin la firma de las actas previas y a los errores de la Administración. El más sonado fue el que afectó a los terrenos de Sant Jordi del exministro Abel Matutes y del exsenador pitiuso Pere Torres, Casetes, activo miembro de la Plataforma Antiautopista. El primero tuvo que devolver un total de 3,5 millones de euros y el segundo casi 240.000 euros, después de que el Govern balear comprobara que estos terrenos, en la zona del plan parcial de Can Bonafé, tenían que haberse pagado como urbanizables (a un precio de 60 euros por metro cuadrado) y no urbanos (150 euros).