La jueza titular del Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza, Ana Gómez, ha anulado el despido del jefe de bar de un hotel de Eivissa porque admite como válidos los argumentos del trabajador expulsado, que asegura que sus jefes intentan deshacerse de él porque le consideran demasiado mayor para la nueva imagen del establecimiento. Tiene 61 años de edad.

El trabajador, que por el momento ha ganado el pulso a la empresa aunque ésta aún está a tiempo de presentar recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears, considera que «el verdadero motivo de su despido reside en su edad (...) y debido a que el hotel habría sido reformado», pasando de ser un establecimiento que alojaba a familias, a alojar ahora a «gente bonita con quien no encaja un jefe de bar sesentón».

La jueza admite como válido el argumento de la demanda, anula el despido y condena a la empresa a que readmita a su jefe de bar «en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la indicada fecha hasta la efectiva readmisión».

Merma para la jubilación

Tras recibir la sentencia, firmada el pasado día 18, el abogado del trabajador, Joan Cerdà, declaró: «Hay que pensar que para el camarero un despido a los 61 años significa ver rebajada su pensión, si no logra trabajar de nuevo, en aproximadamente un 50%». Desde que, hace ya varios años, se produjo en Eivissa la transformación de algunos hoteles familiares en pretendidos establecimientos de lujo enfocados a jóvenes adinerados, se han producido numerosos despidos de este tipo, según han denunciado algunos abogados en los últimos años.

«Los hoteles que 'se modernizan' eliminan a su personal calvo, barrigudito y entrado en años», resumió ayer Cerdà. Hasta ahora, en casos similares, dijo el abogado, las empresas han acusado a estos trabajadores maduros, ya amortizados, de resultar conflictivos o de ser bebedores, utilizando los testimonios de otros empleados, pero en esta ocasión, ante la ausencia de argumentos por parte de los responsables del hotel, la jueza ha fallado a favor del demandante.

Este trabajador es fijo discontinuo de la empresa desde abril de 2003, con categoría de jefe de bar. En enero de este año la empresa le entregó la carta de despido por causas objetivas y le reconoció una indemnización de 9.666,95 euros.

Antiguo apartahotel familiar

El local donde trabaja era un apartahotel hasta 2016 y, a partir del año 2017, cuando se realizó una reforma, pasó a la categoría de hotel de cuatro estrellas. El demandante es el trabajador de mayor edad del hotel. El resto de los que prestan servicios en la zona de bar tienen entre 30 y 40 años de edad. Este empleado ha sido el único trabajador despedido.

La carta de despido alude al motivo establecido en el artículo 52.b del Estatuto de los Trabajadores, y también añade que «la causa que motiva la extinción de su relación laboral tiene que ver con la reorganización de los departamentos de bar y hotel, por lo que se concreta en la necesidad de ajustar la plantilla debido a la disminución de la actividad que se ha venido produciendo desde el año 2018 al 2019, y que sobre todo se va a acentuar este año 2020 fruto de la evolución del mercado de los turoperadores y, sobre todo, debido a la caída de Thomas Cook que se produjo el pasado verano».

Sin embargo, la jueza incide en que no se ha aportado la información necesaria para probar esta afirmación, a lo que hay que sumar que la empresa, en ningún momento, ha entrado a rebatir con documentos, a pesar de que así se le solicitó, la argumentación del demandante y su argumento de que ha sido despedido por razón de su edad.