El BOIB ha publicado hoy la resolución de la conselleria de Salud por la que se detallan las actuaciones para controlar que quienes deben aislarse y guardar cuarentena a causa del coronavirus lo cumplan.

La resolución, cuya publicación supone su entrada en vigor, deja claro que el aislamiento "implica la obligación" de que un contagiado se mantenga confinado "durante el plazo que se establezca en cada caso sin posibilidad de desplazarse ni de relacionarse con otras personas", mientras que la cuarentena "implica la obligación de que una persona o grupo de personas sospechosas de haber sido contagiadas se mantengan en el lugar que indique, durante el plazo que se establezca en cada caso, sin posibilidad de desplazarse ni de relacionarse con otras personas". Las dos situaciones conllevan "el deber de confinamiento" para los afectados y la duración dependerá de la situación concreta de cada caso, dejando claro que los afectados o con contactos estrechos están obligados a una serie de medidas que se detallan.

Así, la resolución establece que a aquellos con sospecha de infección se les realizará una pueba PCR y deberán "mantenerse en aisamiento en espera del resultado", un aislamiento que acabará si el resultado de la PCR es negativo "y no persiste una sospecha clínica alta" de covid.

A quien se le diagnostique infección activa deberá hacer un aislamiento "de un mínimo de 10 días", teniendo en cuenta que "deben haber transcurrido tres días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico". En el caso de que la persona sea asintomática deberá aislarse durante 10 días desde la fecha de la toma de muestras para el diagnóstico.

En el caso de que un infectado haya necesitado ingreso hospitalario, si en el momento en el que reciba el alta hospitalaria la PCR es positiva el aislamiento deberá prolongarse durante al menos 14 días. Si en algun momento despues de recibir el alta se hace una prueba PCR y el resultado es negativo, podrá suspender el aislamiento.

Además, todo el que haya mantenido contacto estrecho con un infectado de coronavirus desde dos días antes del inicio de síntomas hasta el momento en el que este caso es aislado, "debe hacer una cuarentena durante los 14 días siguientes a la fecha de último contacto". La reslución estabece que "de manera excepcional" esta cuarentena se podrá reducir a 10 días siempre que se obtenga un resultado negativo de PCR realizada a partir del décimo día del último contacto. En el caso de que sean convivientes y no se pueda garantizar el aislamiento de la persona infectada en las condiciones óptimas, la cuarentena durará 14 días desde el final del aislamiento del caso.

La resolución establece que "la autoridad sanitaria dictará una orden por la que se notifica a las personas afectadas, lo antes posible, la obligación a que se refiere el apartado anterior que les sea aplicable", que "se comunicará mediante un SMS que contendrá un enlace que dará acceso al interesado a la resolución" y además "se llevará a cabo la notificación presencialmente en su domicilio".

Para cumplir estas medidas y garantizar que se cumplen la resolución incluye que "los datos de localización y puestos de trabajo de las personas con medidas de aislamiento o cuarentena deben ceder en línea al SEIB-112 mientras el PLATERBAL esté activado, de manera que se puedan facilitar durante las 24 horas del día a los cuerpos policiales, los servicios de inspección, incluidos los servicios de inspección educativa, o los servicios públicos de emergencia cuando realicen tareas incluidas dentro de las operaciones de lucha contra la pandemia del Plan Territorial de Emergencia" para hacer frente a la pandemia.

Además, deja claro que para ejecutar todas estas medidas "se debe buscar siempre con preferencia la colaboración voluntaria de las personas destinatarias con las autoridades.", pero en el caso de que esta no exista, "se puede requerir la adopción de resoluciones, individuales o colectivas, de imposición coactiva que, en caso de que puedan suponer restricción de derechos fundamentales" se comunicarán también a la Abogacía de la Comunidad Autónoma para que solicite la ratificación ante el órgano judicial competente.

Junto a ello, se establece que todas las autoridades y los empleados públicos que intervienen en la aplicación de estas medidas quedan obligados al tratamiento de los datos personales de conformidad con la normativa de protección de datos y que los datos que se traten "serán los estrictamente necesarios" además de estar obligados a "guardar el secreto" sobre los mismos.