El Tribunal Supremo (TS) ha reconocido el derecho a obtener la nacionalidad española por razón de residencia a Alili Messaoud, el exteniente argelino que aterrizó en un helicóptero militar en Ibiza en junio de 1998 tras huir de Argelia.

El Alto Tribunal ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional, que desestimó en 2019 el recurso del exmilitar contra las resoluciones de mayo de 2013 y febrero de 2015 del director general de los Registros y del Notariado por las que le fue denegada la solicitud de concesión de la nacionalidad española. El motivo alegado para no aceptar la petición de Messaoud fue que no había aportado todos los documentos exigidos para la tramitación del expediente, entre ellos los certificados de nacimiento y el de antecedentes penales de su país de origen.

Este argumento ha sido rebatido por el TS, que ha establecido en su sentencia (remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Balears) que la imposibilidad de aportación de la documentación expresada por parte de Messaoud «no puede implicar, necesariamente, el rechazo de la solicitud de concesión de nacionalidad por razón de residencia», por lo que «habrán de ponderarse, en conjunto, todas las circunstancias que concurran en el solicitante, puestas de manifiesto por el mismo, o aportadas de oficio por la Administración, con la finalidad de poder justificar buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española». De hecho, la Audiencia Nacional ya reconoció las «especiales dificultades» que pudo tener el exmilitar para obtener el certificado de antecedentes penales en Argelia y el certificado de nacimiento debidamente legalizado. Por ello, el Alto Tribunal ha considerado que debe reconocérsele la nacionalidad por concurrir «buena conducta cívica e integración del solicitante». Además, en el mismo fallo, el TS recuerda que esta persona desertó de su base aérea, situada en Blida, a 50 kilómetros al sur de Argel, «aprovechando unas maniobras militares».

Según explicó el propio Messaoud a Diario de Ibiza al día siguiente de su llegada a la isla, el 8 de junio, le dijo a su copiloto que podía irse a desayunar mientras los mecánicos revisaban el aparato, por lo que él despegó sin su compañero rumbo a España.

Aterrizaje en ses Illetes

Primero aterrizó en ses Illetes de Formentera donde preguntó si Ibiza tenía aeropuerto a dos bañistas, que paseaban desnudos y que quedaron petrificados al verle salir del helicóptero, un MI-8 de fabricación soviética.

Desde entonces, no hay constancia de que haya abandonado Ibiza, según destaca el Supremo, y añade que Messaoud reside en la isla desde que desertó y donde consta su empadronamiento municipal, en el que acredita vivienda habitual desde al menos el año 2006. Por último, la sentencia recoge que el exteniente ha trabajado «ininterrumpidamente» desde septiembre de 1999, su informe de vida laboral acredita más de 16 años de cotización a la Seguridad Social, y que ha colaborado en Cruz Roja como voluntario.

Además, el interesado aportó su certificación original de nacimiento y la sentencia de la Audiencia Nacional reconoce las especiales dificultades que pudo tener para obtener el certificado de antecedentes penales en Argelia y el certificado de nacimiento debidamente legalizado, precisamente por su condición de desertor y por cómo abandonó su país.