La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJB ha estimado el recurso presentado por el sindicato CSIF contra el decreto 8/2018 que establecía el nivel del conocimiento del catalán que los candidatos a una plaza estatutaria en el Servei de Salut debían acreditar.

El alto tribunal dictamina que este decreto «no es conforme a Derecho» y, por tanto, lo declara nulo. Impone las costas del juicio a la CAIB aunque las limita a un máximo de dos mil euros y le recuerda que contra este fallo le cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Como primera reacción, desde el IB-Salut señalaron que el martes trasladarán la sentencia a sus servicios jurídicos para que la estudien en profundidad y que su voluntad, en la medida en que sea posible, es recurrirla ante la instancia judicial superior.

Como se recordará, el decreto declarado ahora nulo rebajaba el nivel de catalán que debían acreditar todas las categorías profesionales para optar a una plaza estatutaria en el Servei de Salut, les permitía presentarse a la oposición sin acreditarlo y, en caso de obtenerla, les daba dos años de plazo una vez tomada posesión de la misma para conseguir el nivel idiomático exigido.

El decreto también contemplaba penalizaciones -el Servei de Salut impediría a los incumplidores participar en procesos de promoción interna, en concursos de traslados o el acceso al plus de la carrera profesional- para los funcionarios que no acreditaran el conocimiento idiomático exigido una vez transcurrido ese plazo de dos años. De esta manera se quería penalizar ese comportamiento al no poder la Administración desposeer de su plaza a ningún funcionario una vez obtenida.

Preocupación del Simebal

Preocupación del Simebal

Fuentes del Sindicato Médico (Simebal) expresaron su preocupación por el fallo contra este decreto que ellos, subrayaron, decidieron no recurrir porque en su opinión era menos restrictivo que la ley de normalización lingüística anterior. Una norma que establecía un mayor nivel de catalán para su colectivo (B2 en lugar del B1 que pedía el decreto impugnado) y que incluso impedía presentarse a la oposición a todo candidato que no acreditase previamente el nivel de catalán exigido para la plaza. «Esperemos que el Servei de Salut recurra este fallo porque si no tendremos un problema para contratar a nuevos profesionales», advirtieron desde el Simebal.

«Si yo fuera el CSIF, estaría rezando para que el IB-Salut recurriera este fallo», señaló Miguel Ángel Romero, secretario de Acción Sindical de UGT que calificó de «irresponsable» la actitud del sindicato CSIF por interponer una demanda que, advirtió, podría poner en peligro todas las plazas obtenidas en los concursos oposición celebrados hasta el momento. «Y se han celebrado los de las categorías más numerosas como enfermería», recordó.