La Asociación Balear de Ocio Nocturno y Entretenimiento (Abone) insiste en que la oferta de los beach club «distorsiona el mercado en Ibiza», según su presidente, Jesús Sánchez, que reclama al Consell de Ibiza que, en ejercicio de sus competencias, regule la actividad de este tipo de oferta de ocio.

Este colectivo, asociado a la Confederación de Asociaciones Empresariales de Balears (CAEB), ha solicitado una reunión con el presidente del Consell, Vicent Marí, para entregarle un dictamen jurídico que concluye que la institución está «específicamente habilitada para regular, prohibir o condicionar la actividad de los clubes de playa», al igual que para «crear reglamentariamente nuevos tipos de establecimientos de actividades de entretenimiento».

La asociación balear que representa a las discotecas y salas de fiesta considera que el Consell debería «regular una categoría específica denominada beach club o similar que recogiera la realidad concreta de estos establecimientos, pues los clubes de playa «no permiten la amenización por medios electrónicos o mecánicos».

El dictamen ha sido elaborado por la jurista menorquina Marta Vidal, que fue miembro del Consell Consultiu, el órgano de consulta jurídica de la Comunitat Autònoma, y consellera insular de Territorio del Consell de Menorca, durante el último gobierno del PP.

En su análisis, Vidal apunta que la ley turística de Balears (la 8/2012) incluye los clubes de playa en la clasificación de actividades de entretenimiento, recreativas y deportivas y los diferencia de las salas de fiesta, de baile y de las discotecas en que «no pueden ser amenizados mediante medios mecánicos o electrónicos». Además, se establece la necesidad de que «se respete la normativa ambiental y la sectorial que sea de aplicación», recuerda.

Realidad distinta en Ibiza

En concreto, la ley balear turística especifica que los clubes de playa son «los establecimientos que, situados en las inmediaciones del mar, ofrecen servicios de animación, restauración, venta de productos y alquiler de tumbonas, así como otros servicios náuticos».

Ahora bien, a diferencia de Mallorca y Menorca, «la realidad de los beach club de Ibiza es distinta». «Se acercan más a una discoteca o sala de fiestas al aire libre que a un club de playa tal como se define en la normativa turística autonómica», destaca Vidal.

Así, «no encaja en la categoría regulada en el decreto 20/2015 [el de principios generales y coordinación en materia turística y de clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos] para los clubes de playa». Esta situación «evidencia la necesidad», según el dictamen, de que «se regule por vía reglamentaria». Este último punto «se ve reforzado», añade la jurista, por la obligación reglamentaria de «exhibir la placa identificativa del grupo en el que se incluye el establecimiento, con la necesidad de que no pueda inducirse a confusión».

De hecho, el dictamen destaca que los beach club, a pesar de que su actividad principal sea la del suministro de comida y bebidas, «no encajan ni en el concepto de restaurante ni de bar-cafetería ni de bares de copas ni de catering».

La capacidad reglamentaria del Consell «no alcanza a modificar la ley balear ni el decreto 20/2015», por lo que «no puede incluir los clubes de playa en la categoría de restauración». Pero sí puede establecer, y considera «imprescindible» que lo haga, una nueva categoría similar, con una denominación distinta a los clubes de playa, en la que la actividad principal sea la venta de comida y bebida. «Una vez creada una nueva categoría de empresa turística de restauración, podrían establecerse posibilidades de especialización a determinar, también por vía reglamentaria, en función de las particularidades y de la realidad de los establecimientos», indica el dictamen.

Regulación igual en toda la isla

Asimismo, el dictamen encargado por Abone determina que «debería procederse a una regulación de carácter insular por su evidente interés supramunicipal, en relación a las limitaciones sonométricas y de horarios a los que deberán sujetarse estas empresas turísticas, en cumplimiento de lo establecido en el decreto 20/2015».

El presidente de la asociación que representa a las discotecas recuerda que la ley turística aprobada en 2012 por el anterior Govern del PP fue la que introdujo la categoría de club de playa. Sánchez sostiene que este tipo de locales deberían reunir las características de «los chiringuitos de toda la vida», en los que «la gastronomía sea la actividad principal, con una ambientación musical». «Otra cosa es la animación musical que, por decirlo de alguna manera, comporta actividad del usuario», puntualiza.

En Mallorca los problemas de horarios y de música en este tipo de establecimientos «se ha reducido bastante», por lo que el problema se focaliza en Ibiza. «Solicitamos al Consell que ejerza su capacidad para regular esta situación. Y le aportamos los argumentos jurídicos para que el equipo de gobierno determine lo que considere», señala Sánchez, al tiempo que subraya que los beach club «ofertan a partir de las 12 horas del mediodía lo que las discotecas ofrecen en un espacio cerrado» y con las «exigentes condiciones» que determina la ley 7/2013 de actividades . «Cuando llega la noche, los usuarios están derrotados y con poca capacidad económica para acudir a nuestras salas», lamenta.