La Audiencia Provincial ha ratificado la condena por un delito de lesiones contra un hombre que agredió a otro que le había recriminado su incivismo por tirar una caja de zapatos en un estacionamiento público en lugar de a la basura. El Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza condenó al acusado por la comisión de un delito de lesiones a la pena de dos meses de multa a razón de seis euros diarios, es decir, 360 euros, y a indemnizar a la persona a la que agredió con 810 euros en concepto de responsabilidad civil. Tras la condena, la víctima de la agresión presentó un recurso ante la sección primera de la Audiencia Provincial de Palma, que lo ha desestimado. El agredido recurrió la sentencia porque considera que las lesiones son más graves de lo que consideró el Instituto de Medicina Legal de Ibiza . Contra esta segunda resolución ya no caben más recursos.

Los hechos ocurrieron el 1 de octubre del año pasado en el parking subterráneo de la Plaza de España de Sant Antoni. Según se explica en el capítulo de hechos probados de las sentencias, ese día a primera hora de la mañana uno de los guardias de seguridad de este estacionamiento reprochó a un hombre que arrojara en ese lugar una caja de zapatos, «ya que no era el sitio adecuado, y le indicó que la tirara a la basura».

Esto no sentó muy bien a la persona que ahora ha sido condenada, que advirtió al trabajador que regresaría por la noche. Tiempo después, relatan los jueces de la Audiencia Provincial, el acusado «se presentó allí con su padre y amenazó e insultó» al empleado, al que también «cogió por el cuello de forma sorpresiva cuando éste estaba llamando al ascensor». El trabajador logró encerrarse en su puesto de vigilancia y entonces el acusado se marchó del lugar, al igual que su padre.

Más lesiones

En el informe médico, el forense que atendió al denunciante apreció una lesión consistente en una contractura muscular paravertebral cervical causada al ser agarrado por el cuello. Sin embargo, la víctima intentó que se admitiera como prueba una serie de documentación médica acreditativa de la agravación de sus lesiones a raíz de la agresión.

Este agravamiento de las lesiones demostraría que las conclusiones del médico forense serían erróneas en cuanto al diagnóstico. Sin embargo, esta documentación médica no fue tenida en cuenta a la hora de dictar sentencia.

Por su parte, el condenado, aprovechando el trámite de impugnación formulado por la víctima, mostró su disconformidad con la sentencia que le condenó como autor de un delito leve de lesiones. El condenado considera que la juez efectuó «una valoración errónea de la prueba al concluir que agredió al denunciante». Sostiene este hombre que simplemente hubo una discusión verbal entre ambos y atribuye la agresión a una mera invención del propio denunciante, «quien buscaría únicamente con su denuncia una finalidad puramente económica».