Como estaba previsto, el decreto de Ordenación del Transporte Marítimo también regula las condiciones para empresas que ofrecen excursiones turísticas y recreativas aunque, junto a la actividad del taxi náutico, serán objeto de un posterior despliegue en este documento regulador.

En cualquier caso, el decreto señala que las llamadas 'golondrinas' o embarcaciones turísticas «sólo podrán realizar rutas circulares con el pasaje, con salida y llegada al mismo puerto». Para que no haya dudas, el conseller balear de Movilidad, Marc Pons, explicó que «sólo podrán hacer excursiones, devolviendo a todo el pasaje al punto de salida».

De esta forma se evitará que estas excursiones que se ofertan desde Ibiza operen como si fueran una línea regular y sin acotar el trayecto de ida y vuelta al mismo pasaje. Actualmente se estima que en un día de verano estas excursiones traen entre 3.000 y 4.000 personas a Formentera.

El conseller destacó que «sobre todo intentamos ordenar este tipo de transporte que afecta a dos islas para diferenciar del transporte regular a estas embarcaciones». Teniendo en cuenta, además, que en la línea entre las Pitiusas «se han producido conflictos con este tipo de oferta», recordó el conseller.

La normativa también regulará la actividad del taxi marítimo, que aunque aún no es muy importante, se está ofreciendo de forma irregular en algunas islas. Por eso se exigirá, como al resto del transporte, el adecuado registro y despacho del barco para realizar esta actividad.

Otro aspecto que abordará este nuevo decreto serán las condiciones de «accesibilidad de los pasajeros a los barcos».