El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma ha desestimado el recurso de una empresa mallorquina de alquiler de vehículos que fue sancionada por Sant Josep por una infracción a la Ley balear de Transportes. Concretamente, por permitir el uso de uno de sus vehículos para dedicarse al transporte público irregular. La empresa recurrió una sentencia que confirmaba una multa de 6.000 euros por permitir el uso de uno de sus coches para ofrecer servicios de taxi pirata. La agencia de alquiler había pedido la nulidad de la resolución del Ayuntamiento, al entender que «vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva».

Pero el juzgado entiende que «todas las actuaciones se han realizado en tiempo y forma» y, además, considera que la empresa de alquiler «pretende estructurar un recurso ordinario para la revisión de la sentencia, al cual no tiene derecho, lo que constituye una clara y manifiesta desviación procesal». Añade la sentencia que la actuación de la agencia de alquiler ha sido «temeraria», al intentar que «la jueza varíe una sentencia ya firme al no haber posibilitado de recurso de apelación». Además de desestimar el recurso, condena a la empresa de alquiler de coches a pagar las costas.