El juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza ha admitido a trámite una querella del propietario de la Policlínica Nuestra señora del Rosario, Francisco Vilás, contra el alcalde de Santa Eulària, Vicent Marí, el concejal de Urbanismo, Mariano Juan, el de Hacienda, Pedro Marí, y un funcionario de los servicios económicos por un supuesto «trato de favor» con el promotor (Juan Tur Viñas) del complejo sanitario-asistencial Iniciativas Médicas de Ibiza y Formentera S. L., en la finca Cas Doctor Martí, en Jesús.

La jueza instructora aprecia «apariencia delictiva» en lo que se expone en la querella y en la documentación aportada por el denunciante. En concreto, considera que se podría haber producido un delito de prevaricación, por lo que ha decretado la incoación de diligencias previas. La primera diligencia ordenada, previa a la declaración de los querellados, ha sido requerir al Ayuntamiento a que remita al juzgado el expediente administrativo sobre la solicitud de licencia de actividad y el de obras.

La querella se fundamenta en que, presuntamente, el alcalde se aprovechó de «una situación de poder para satisfacer intereses o criterios personales y caprichosos en beneficio» del promotor. En concreto, según el denunciante, no declaró la caducidad del expediente abierto en 2013 para la tramitación de la licencia de apertura del complejo sanitario después de que no se subsanaran las deficiencias (inicialmente 53) detectadas por los técnicos y superando, además, los plazos que le otorgó el Ayuntamiento para hacerlo. En noviembre de 2013, el Consistorio dio 10 días al promotor para subsanar las carencias del proyecto, pero tres meses después el afectado pidió una ampliación de cuatro meses, que le fue concedida.

Transcurrido un año desde el primer requerimiento, en noviembre de 2014, el Ayuntamiento emitió un informe jurídico en el cual apuntaba que se había producido una paralización del procedimiento imputable en exclusiva al promotor al no haber rectificado ni subsanado las deficiencias y carencias detectadas en el plazo concedido, según la querella, y que por tanto resultaba procedente finalizar el expediente. Se le daba otro plazo de 10 días al afectado para presentar alegaciones.

No lo hizo y al cabo de seis meses (junio de 2015) el promotor presentó un nuevo proyecto de actividades que «sorpresivamente», según la querella, el Ayuntamiento admitió, y le dio un nuevo número de expediente. Este nuevo expediente se refería «al mismo complejo sanitario, la misma finca y al mismo promotor». El letrado del demandante sostiene que no se cumplían los requisitos para abrir un nuevo expediente ya que el anterior no estaba «en absoluto finalizado» al no haberse presentado la subsanación de las deficiencias detectadas pese a haberlo requerido varias veces el Consistorio y, previamente, el Consell en agosto de 2010. La Comisión Insular de Urbanismo aprobó en 2010 la declaración de interés general del proyecto con 42 prescripciones.

Además, la querella señala que en agosto de 2015, el técnico municipal de Urbanismo emitió un informe en el que indicaba que «no era procedente la concesión de la licencia solicitada», al tiempo que apuntaba que se debería regularizar la parcela en el Catastro al no coincidir con la del proyecto. «La promotora había engañado tanto al Consell como al Ayuntamiento sobre la finca del proyecto, pero incomprensiblemente desde agosto de 2015 hasta la actualidad (julio de este año, cuando se presentó la demanda) el alcalde y su gobierno no han querido hacer nada al respecto», destaca la denuncia.

Tasas municipales

Tasas municipales

La querella contra Pedro Marí y el funcionario de Hacienda se sustenta en un supuesto delito de malversación al no cobrar al promotor la tasa municipal de actividad (11.363 euros), aunque en el auto de la jueza no se hace referencia a este presunto delito.

El funcionario del departamento de gestión tributaria emitió un informe en marzo de este año en el que señalaba que el promotor no debía pagar la tasa de actividad (11.368 euros) porque ya la había abonada durante la tramitación del expediente anterior, ya que éste no estaba cerrado porque el equipo de gobierno no había aún declarado su caducidad.