­La sección primera de la Audiencia de Palma ha condenado a 400 euros de multa al padre de una alumna de Primaria por insultar y maltratar levemente a la directora del colegio de su hija. El condenado se enfadó porque no quería que la niña participara en una actividad para fomentar los hábitos de limpieza y urbanidad que consistía en recoger, por turnos, los papeles en el patio tras el recreo.

Los hechos ocurrieron en octubre del 2010 en un colegio público de Palma. El centro, por decisión de todo el claustro de profesores, había decidido que los niños de Primaria, en turnos rotatorios, recogiesen los papeles del patio.

La actividad tenía como objetivo mejorar los hábitos de conducta, buena urbanidad y limpieza de los escolares.

El padre condenado por la Audiencia de Palma se enteró de la medida a través de la agenda de la niña, donde leyó que le tocaba turno de patio. El denunciado se irritó considerablemente con aquella actividad y se dirigió a la conselleria de Educación para denunciar al colegio en el que cursa estudios su hija.

Daño moral

El padre habló por teléfono en la mañana del 7 de octubre de 2010 con la directora, quien trató de explicarle del objetivo de la norma: mejorar la convivencia del colegio. Según aclaró la profesora, ni de lejos significaba obligar a los alumnos a limpiar las instalaciones.

El denunciado se dirigió de forma irrespetuosa hacia la directora y le dijo que ya la había denunciado ante la conselleria. El condenado aseguró que no le importaba nada «el puto colegio y sus normas» y que no quería que su hija retirase los papeles.

La conversación siguió en ese elevado tono por parte del acusado. La directora, que pasó un mal trago, fue repitiendo a otro profesor del centro, presente en la misma dependencia, las increpaciones que recibía de su interlocutor.

La responsable del colegio decidió denunciar al padre esa misma mañana y, según aseguró ante la Policía: «El denunciado no ha respetado el cargo que ostento, ni mi persona y me ha causado un daño moral irreparable».

La denuncia desembocó en un juicio de faltas, en el que el magistrado de instrucción 1 de Palma, Joan Catany, condenó al padre por una falta de vejaciones a 20 días de multa, a 20 euros cada jornada, 400 euros en total.

El padre recurrió la sentencia ante la Audiencia, que hace unas semanas ratificó la primera sentencia condenatoria.

El denunciado se defendió alegando que sí había hablado por teléfono con la directora, pero que no le había dicho las expresiones insultantes y ofensivas.

Lenguaje tabernario

Las sentencias destacan que, con independencia del resultado de la queja ante la conselleria por la norma, el trato que el denunciante profirió al directora no fue el adecuado.

«Es evidente que la forma de dirigirse a la directora no es la correcta, más bien parece un exceso tabernario que la forma de dirigirse a quien representa el principio de autoridad en el colegio», argumenta el primer fallo. Para Catany, al denunciado «le era exigible otro tipo de trato» con la profesora y directora.

En la apelación ante la Audiencia, el progenitor de la alumna insistió en que no había proferido las imprecaciones denunciadas por la responsable del centro.

No obstante, la sección primera da credibilidad a la directora, puesto que destaca la ausencia de enemistad anterior.

El hecho de que otro profesor presenciara la conversación telefónica y escuchara, por labios de su compañera, las palabras del padre también es destacado en la sentencia.