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Paco García

Tribuna

Paco García

Se nos llena la boca hablando de inclusión educativa

«A Pablo nadie le preguntó qué quería estudiar. Bueno sí, su familia y amigos. Y él dijo jardinería. Pero alguien decidió en su momento

que las personas discapacitadas en Ibiza solo podían estudiar cocina. Desconocemos el argumento que se esconde tras esta decisión»

Es un término que despierta solidaridad, empatía... Nos calienta el corazoncito. El problema es que la palabra tiene matices. Es decir, mientras que para algunas personas luchar por la inclusión es avanzar en igualdad de derechos y oportunidades, para otras personas parece que inclusión es dejar que los que no son tan capaces como ellas se piensen al menos que pueden llegar a algo, darles la oportunidad de demostrar que pueden ser productivas para la sociedad.

El artículo 24.5 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, documento firmado por el Estado Español en 2008, dice lo siguiente:

«Los Estados parte asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. A tal fin, los Estados parte asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad.»

Dicho documento se nombra en el texto de la ley vigente, Lomloe, que reza:

«La adopción de estos enfoques tiene como objetivo último reforzar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema, cuyo principal eje vertebrador es la educación comprensiva. Con ello se hace efectivo el derecho a la educación inclusiva como derecho humano para todas las personas, reconocido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008, para que este derecho llegue a aquellas personas en situación de mayor vulnerabilidad»

Otras cosas, que se pueden leer en la Lomloe.

a bis) La calidad de la educación para todo el alumnado, sin que exista discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, origen racial, étnico o geográfico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o creencias, orientación sexual o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades (…), con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada en 2008, por España

Artículo 6.2: El currículo irá orientado a facilitar el desarrollo educativo de los alumnos y alumnas, garantizando su formación integral, contribuyendo al pleno desarrollo de su personalidad y preparándoles para el ejercicio pleno de los derechos humanos, de una ciudadanía activa y democrática en la sociedad actual. En ningún caso podrá suponer una barrera que genere abandono escolar o impida el acceso y disfrute del derecho a la educación.

En el artículo 22. 3. En la ESO se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado (…) Asimismo, se tendrán en cuenta las necesidades educativas específicas del alumnado con discapacidad.

En el artículo 30. 1.: El equipo docente podrá proponer a padres, madres o tutores legales y al propio alumno o alumna, a través del consejo orientador, su incorporación a un ciclo formativo de grado básico cuando el perfil académico y vocacional del alumno o alumna así lo aconseje.

Artículo 74.5.: Corresponde asimismo a las Administraciones educativas favorecer que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en todos los niveles educativos pre y postobligatorios (…) proporcionar los recursos y apoyos complementarios necesarios y proporcionar las atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos de algún tipo durante el curso escolar.

Artículo 75.4.: Las Administraciones educativas establecerán una reserva de plazas en las enseñanzas de formación profesional para el alumnado con discapacidad.

Y podemos seguir, hay muchas más.

Cuando una persona que no tiene necesidades adaptativas (o estas no han sido diagnosticadas) decide qué es lo va a estudiar, nadie le dice: «Como tu media más alta es en matemáticas, tienes que elegir matemáticas». Nos llenamos la boca con historias de superación de personas que abandonaron su carrera de notario porque era lo que se supone que tenían que hacer para acabar triunfando en el cine... Podemos cambiar de carrera universitaria, de formación profesional, todo en nombre de la vocación o simplemente de nuestras circunstancias. Leemos noticias como: El alumno con la mejor nota de la EBAU de Madrid sorprende con la carrera que va a estudiar (Filosofía): «Prefiero la felicidad al éxito seguro».

Pero cuando hablamos de discapacidades, la cosa cambia. Ahí empiezan los problemas. ¿Todo lo que hemos leído en las leyes? Uyuyuy... ¿Todo esto cómo lo hacemos? ¿Cómo se gestiona, cómo se invierte, qué parámetros se aplican? ¿El bienestar del alumno con discapacidad? ¿El rendimiento de la clase? ¿El dinero que hay que gastar?

A Pablo nadie le preguntó qué quería estudiar. Bueno sí, su familia y amigos. Y él dijo jardinería. Pero cuando llegó el momento, el sistema educativo se lo negó. Pero no porque pensaran que no estaba capacitado, queremos entender. Porque le daban la oportunidad de estudiar cocina. Tijeras de limpiar pescado sí, tijeras de podar no... Suena un poco arbitrario. Pero es que alguien decidió en su momento que las personas discapacitadas en Ibiza solo podían estudiar cocina. Desconocemos el argumento que se esconde tras esta decisión. No queremos pensar mal sobre por qué esa materia específica y suponemos que es una cuestión de gestión de costes, ponemos recursos específicos en unos estudios concretos y ahorramos dinero. Claro que, si se trata de esto, estamos ignorando la ley.

Estoy seguro de que más de una persona que está leyendo esto pensará: «No sé por qué tenemos que tratar a Pablo como si su caso fuera tan especial.» «Seguro que tanta historia y al primer año no le gusta y abandona», «Y todas esas personas que no han llegado a estudiar lo que les gusta porque no les daba la nota, ¿qué?»

Exacto, ¿qué? Muchas personas que no tienen ninguna discapacidad diagnosticada abandonan sus estudios por mil motivos (personales, laborales, económicos...). El 13% de los universitarios abandona los estudios definitivamente, y la mitad lo hace el primer año de carrera. ¿No es esto injusto para los que se han quedado fuera? Podrían haber dejado su plaza a otros, que igual están estudiando opciones que a su vez quitan su plaza a otros... ¿Qué hacemos para solucionar esto? ¿Prohibimos seguir estudiando a quienes hayan abandonado, independientemente del motivo, “motivando” así que no lo dejen? ¿Los castigamos? Me da igual si es que te habías equivocado porque con 17 años pensabas que querías ser ingeniero de caminos. O que tienes problemas de ansiedad. O un TDAH no diagnosticado. O no puedes seguir pagando. O sigues estudiando esto o a la calle.

¿Esto parece injusto? Claro que lo es. Hay que tener en cuenta que la gente tiene unas circunstancias personales a las que hay que adaptarse en la medida de lo posible. Pues al menos esta gente ha tenido la oportunidad de decidir qué quiere estudiar. A Pablo no le dan ni eso. Como nadie considera que vaya a ser un miembro útil de la sociedad, que se ponga a estudiar cocina y además que no se queje, que bastante favor le estamos haciendo, dejándole estudiar con los que son como él. Su madre, que se pasa el día trabajando para sacar adelante a sus hijos, el resto del tiempo lo pasa batallando para que al menos tengan la oportunidad de estudiar lo que les gusta.

¿Su impresión? Que lo que para muchas familias es un trámite administrativo que lleva un par de horas, a ella le lleva a los tribunales, ya que ha denunciado su situación. Que ha llamado a todas las puertas habidas y por haber, que ha tenido que quejarse hasta la afonía, para que le digan que no se merece nada. Es más, después de haberse leído las mismas leyes que hemos expuesto anteriormente, en sus últimas reuniones con responsables de educación, le han dicho cosas como que Pablo estará mejor con sus “iguales” (que alguien tenga a bien explicarnos esta frase… y sus implicaciones), o que debería hacer caso a lo que se le dice porque de lo contrario está “maltratando” a su hijo. La guinda del pastel han sido las declaraciones públicas de la delegada de Educación, ejemplo perfecto de la reflexión que hacíamos en el primer párrafo:

“Como delegada, no me puedo saltar la normativa”, reiteró Ferrer, asegurando que no todos los alumnos “pueden optar a todo y debemos aceptar que tienen unas características especiales y cada uno, según estas características, puede optar a unas cosas u otras”.

Ahora mismo, mientras trabaja, Carmen se pregunta por qué Pablo no puede optar ni a que se le aplique la ley, y no deja de darle vueltas a las palabras que va a utilizar para explicarle –sin romperle el corazón, sin hacer daño a su autoestima– que no va a poder estudiar lo que le gusta.

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