El alcalde de Sant Antoni, Marcos Serra, del PP, pretende aprobar a toda costa un contrato a dedo con la televisión local TEF que vulnera la ley, dilapida el 79% de todo el presupuesto municipal de publicidad institucional en un medio minoritario, al que da un trato de favor en perjuicio de al menos otros cinco de la isla con mayor audiencia, y discrimina a las demás empresas ibicencas de producción audiovisual y a miles de espectadores pitiusos. El Ayuntamiento pagará 152.000 euros a TEF: 107.000 este año y 45.000 en los primeros cinco meses de 2023 (hasta mayo, cuando se celebrarán las elecciones). La partida para publicidad institucional de este año es de 135.000 euros, aunque el alcalde asegura que en total se acercará a los 200.000 euros. En cualquier caso, sea cual sea la cifra final, el gasto en TEF es desmesurado y discrecional, no es proporcional a su limitada audiencia e incumple la ley que determina cómo deben gastar los ayuntamientos el dinero en publicidad.

Vamos por partes. Esto no va de la TEF, va del mal uso que hace un alcalde del dinero público. TEF es muy libre de usar los recursos de persuasión comercial o política que estime convenientes para sus intereses, pero los cargos públicos y los técnicos de las instituciones tienen la obligación de no dejarse embaucar por cantos de sirena y evitar el uso partidista del dinero público para beneficiar a una empresa afín, por muchos servicios a la causa del partido del alcalde que esta empresa haya hecho o esté dispuesta a hacer.

Las pueriles justificaciones del alcalde de Sant Antoni para defender un contrato indecente con la TEF no se sostienen y demuestran un preocupante desconocimiento de lo que tiene entre manos. “Siempre se ha hecho así”, sostiene a falta de mejores razones. Y no es cierto. Sólo se ha hecho así cuando el sectarismo ha contaminado la voluntad política y el interés de partido se ha antepuesto a la legalidad y al interés general. En esto Marcos Serra, al que se suponía un nuevo talante, conecta con las peores prácticas de algunos de sus correligionarios que le precedieron en la alcaldía.

La posición de Diario de Ibiza en materia de publicidad institucional siempre ha sido nítida: las instituciones son libres de decidir si invierten o no en comunicación pública, pero si lo hacen, el criterio para hacer esa inversión ha de ser objetivo y con arreglo a la ley, en proporción a la audiencia de cada medio, con el fin de que el dinero que se destine a esa comunicación llegue al mayor número de ciudadanos y por tanto el gasto realizado tenga la mayor eficiencia posible. La ley de publicidad institucional de Baleares, que ahora cumple diez años, es meridianamente clara: “Para la determinación de los medios de difusión a utilizar en cada campaña publicitaria y para la distribución de la inversión entre ellos, sólo se tendrán en cuenta los criterios objetivos, de alcance territorial, de difusión de cada medio y de coste económico”.

El programa ‘Viu Sant Antoni’, principal objeto del contrato, es publicidad institucional, les guste o no esta etiqueta al alcalde o la TEF. Lo es no porque lo diga la oposición o lo digamos nosotros, sino porque así lo establece la ley, que da esta consideración a “toda actividad de comunicación emitida, promovida, subvencionada, patrocinada o contratada, individual o conjuntamente con otras entidades públicas o privadas, (…) que tenga por objeto difundir un mensaje común a una pluralidad de destinatarios mediante cualquier formato, soporte o medio, sea o no publicitario”.

El mismo grupo propietario de la TEF tiene otros dos medios -Periódico de Ibiza, en sus ediciones impresa y digital- con más audiencia que su televisión local, pero la distribución de la publicidad institucional con arreglo a los criterios legales de audiencia no les favorece, de ahí que el trato de favor a la TEF con el falaz argumento de ser la única televisión local de la isla se use como subterfugio para financiar irregularmente con dinero público a todo su grupo editorial

La directora de la TEF se permitía menospreciar hace unos días, en las páginas de su periódico, a las decenas de miles de lectores de la edición digital de Diario de Ibiza, al atribuir esa abultada audiencia a que el digital “se puede leer hasta en la Patagonia”. En efecto, en la Patagonia y en cualquier otro lugar del mundo. ¿Acaso le parece mal a la directora de la TEF que los ibicencos que viajan o residen fuera de la isla, las personas que trabajan o tienen intereses en ella, se mantengan informados a través de la web de Diario de Ibiza? Seguramente lo que le escuece es precisamente que 60.000 usuarios únicos al día lo hagan a través del digital de Diario de Ibiza, mientras apenas 200 se informan a través de la web de la TEF. La ventaja de la plataforma web es que permite saber con exactitud infinidad de detalles del comportamiento y gustos de los lectores: desde qué países y territorios nos leen, qué noticias les interesan, cuánto tiempo les dedican, qué dispositivos usan, a qué horas nos visitan, cuántos vídeos consumen y muchísimos otros parámetros que se pueden contrastar, están a disposición de las instituciones y ponen a cada cual en su sitio.

Nadie sabe qué fiabilidad tienen las cifras de audiencia de la TEF. Las que suele mencionar y ha aportado al expediente del contrato proceden de las encuestas de la empresa balear de sondeos IBES, que no es ni mucho menos uno de los medidores acreditados en el ámbito de la comunicación. No son cifras de Kantar Media, la empresa que mide en España la audiencia televisiva, ni de ninguna otra cuya metodología esté contrastada y avalada por el sector. La difusión y audiencia de los demás medios locales -incluidos los otros que pertenecen al mismo grupo empresarial de la TEF- sí está certificada por los medidores más solventes: OJD (difusión), EGM (audiencia), OJD interactiva, Google Analytics o ComsCore (tráfico digital), pero todo este caudal de mediciones incontestadas por los medios no le sirven al alcalde de Sant Antoni, que prefiere emplear los de la empresa demoscópica de cabecera de la TEF.

Nadie nos arrastrará al barro de una guerra de medios ni nos apartará de nuestro deber de denunciar los abusos de los cargos públicos. Nuestro máximo respeto a los profesionales de la TEF, apasionadamente elogiados por su directora en su delirante argumentación de hace unos días; exactamente el mismo respeto que merecen y reclamamos para los profesionales de los demás medios locales que, con idéntica dedicación, profesionalidad y abnegación, también hacen de manera admirable su trabajo. Pero la realidad es que el alcalde de Sant Antoni con su obstinada cerrazón y la directora de la TEF en su texto favorecen a unos y desprecian a los otros.

Hasta ahora, Diario de Ibiza se había limitado a hacerse eco de las críticas al contrato televisivo por parte de dos grupos políticos del Ayuntamiento de Sant Antoni, pero ya que la TEF y su empresa editora se han lanzado a interpretar y juzgar nuestras intenciones e incluso nuestros sentimientos sólo por haber contado esas críticas, quizá les interese saber -a ellos, pero sobre todo a los ciudadanos- qué es lo que pensamos de ese generoso e infame contrato que el alcalde de Sant Antoni se empeña a toda costa en sacar adelante y que estaría vigente -oh casualidad- hasta el mes de las elecciones municipales de 2023:

1. Parte del objeto del contrato, esencial para obligarse, determinar el precio y comprobar su cumplimiento, queda abierto y sin concretar (“realización de otros informativos y campañas puntuales”). Hay por tanto obligaciones y acciones sin determinar, impropias de cualquier contratación, y menos aún cuando una de las partes es la Administración pública.

2. La memoria justificativa del contrato, firmada por una técnica de administración general del Ayuntamiento, defiende “la imposibilidad de llevar a cabo un procedimiento competitivo” y que el servicio objeto del contrato no se divida en lotes porque, según afirma taxativamente, “no es separable”, “debe ser prestado por una entidad determinada y única”, y “el operador económico que debe llevar a cabo la prestación es exclusivo”. Sin embargo, este planteamiento parte de una conclusión -obviamente inducida por la TEF- que la técnica municipal da por buena pero que resulta incierta. El servicio objeto del contrato es perfectamente separable y puede (y debería) ser dividido en lotes, al constar de dos prestaciones básicas claramente diferenciadas: por un lado, la producción de unos contenidos y, por otro, su emisión. Para la emisión, si se excluye a la autonómica IB3, podemos aceptar que existe un único operador en el ámbito pitiuso, pero en cambio para la producción hay diversas empresas en Ibiza capacitadas para elaborar esos contenidos con los niveles de calidad requeridos, de modo que cabría adjudicarlos mediante licitación, por un procedimiento competitivo en condiciones de igualdad para todos los operadores. Al otorgarlo a dedo a uno de ellos, mediante un proceso negociado sin publicidad, se está dando un trato de favor a la TEF y se perjudica el interés legítimo de las otras productoras, excluidas por una decisión municipal arbitraria. ¿Es este el concepto de defensa de la libre competencia que tiene el alcalde de Sant Antoni?

3. La TEF factura al Ayuntamiento

de Sant Antoni por tres conceptos distintos: la “producción y realización” de cuatro programas mensuales de diez minutos (1.200€ al mes), las “emisiones” de esos cuatro programas (4.000€ mensuales) y la “cesión de los contenidos audiovisuales” de los programas (2.200€ al mes). Detengámonos en este último apartado: ¿qué es lo que realmente se “cede” a cambio de ese dinero? Es discutible que el Ayuntamiento tenga que pagar por la “cesión” de unos contenidos que ya serían suyos, pues los ha adquirido en virtud del contrato de producción. Convendría que el Ayuntamiento se cerciorara con mayor celo jurídico de que no está pagando dos veces por el mismo contenido.

4. En cuanto al coste en concepto de emisiones, el más elevado de las tres patas del contrato, la memoria justificativa no incluye -a diferencia de lo que hace con el de producción- ninguna referencia para determinar si se ajusta o no al precio de mercado. Varias empresas titulares o explotadoras de televisiones locales en otros lugares de España consideran que el precio fijado en el contrato (4.000€ mensuales) es “una barbaridad”.

Los responsables municipales podrían haberse molestado en hacerse una idea del precio de emisión preguntando a otras televisiones locales de similares características o interesándose ante cualquiera de las administraciones competentes o ante el operador de telecomunicaciones que distribuye la señal de TDT de la TEF por el coste-señal durante todo el año de una emisión de 24 horas, siete días a la semana, para el ámbito de Ibiza y Formentera. Los datos obtenidos les hubieran resultado esclarecedores.

5. De acuerdo con el contrato, la TEF ha de entregar al Ayuntamiento los contenidos editados y también los brutos de cámara del programa ‘Viu Sant Antoni’. Le pertenecen porque los ha encargado y pagado. Pero el Ayuntamiento acepta que esos contenidos propiedad del Ayuntamiento se los quede también la TEF para su archivo documental (y eventual reutilización, se sobreentiende), lo que provoca una discriminación respecto a otros medios de comunicación, que no reciben esos contenidos de propiedad e interés municipal, abonados con fondos públicos, para sus propios archivos audiovisuales y posible uso.

6. La citada memoria justificativa

subraya que los destinatarios del servicio contratado son “el conjunto de la ciudadanía residente en la isla de Ibiza y sus visitantes y turistas” para que reciban información “relevante”. Sin embargo, la TEF puede sintonizarse únicamente a través de la antena de toda la vida, mientras que hoy en día un elevadísimo y creciente número de espectadores acceden a la televisión sólo a través de las plataformas de cable de Movistar, Vodafone y Orange, donde la TEF no puede verse. En este sentido, la TEF no tiene posibilidad de llegar al “conjunto de la ciudadanía residente en la isla de Ibiza” ni de garantizar “la más amplia difusión del contenido” de los programas contratados. En consecuencia, el alcalde de Sant Antoni discrimina con este contrato a todos los espectadores ibicencos que ahora ven la televisión a través de las operadoras de cable.

La tropelía del contrato a dedo con la TEF carece de cualquier justificación coherente. El alcalde lo sabe, pero prefiere persistir en el error para defender su interés personal que rectificar. Es una alcaldada en toda regla. Es decepcionante ver con qué rapidez adquieren algunos cargos públicos los peores hábitos que tanto han desacreditado la política en este país. Qué lástima.

DIARIO DE IBIZA