La semana pasada la prensa mallorquina difundía una noticia referida a Palma y que, aunque en Ibiza ha pasado desapercibida, puede acabar dando un vuelco al sector del ocio en todo el archipiélago balear. La información alude a una sentencia judicial que, en cuanto siente jurisprudencia, podría significar el fin de los hoteles y beach clubs pitiusos que ejercen como salas de fiestas sin disponer de licencia. El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha dictaminado, de forma rotunda, que los alojamientos pueden dar conciertos, pero exclusivamente para quienes se alojan en ellos. Es decir, no pueden abrir al público general como recinto de espectáculos, basándose únicamente en la ley turística de 2012 que, de forma ambigua y sin especificar, permite actividades complementarias en distintos negocios. El TSJB ha aclarado por primera vez la espinosa cuestión sobre la que en Ibiza llevamos debatiendo desde hace ya prácticamente una década, cuando los primeros hoteles y clubes de playa se convirtieron en las nuevas discotecas al aire libre, después de que las antiguas fueran obligadas a cerrarse y así dejar de incordiar a los vecinos con sus decibelios.

Lejos de lo que cabría imaginar, en la demanda no se ha visto implicado ningún macroestablecimiento hotelero de los que cada día aglutinan a cientos o miles de turistas en la zona de la piscina y frente a un escenario ocupado por un disc jockey o un grupo musical, como los que podemos encontrar en Platja d'en Bossa y Sant Antoni. Podría haber sido así, porque en Mallorca también existen, pero la sentencia del TSJB está relacionada con un club de jazz mallorquín, de tamaño modesto y sin conflictividad aparente, ubicado en el ático del Hotel Saratoga, en el centro de la capital. A este establecimiento incluso se le sometió a distintas sonometrías, que acabaron por no resultar representativas, pues solo en sendas ocasiones superó el límite en dos y cuatro decibelios. Un chiste en comparación con algún establecimiento ibicenco que ya ha sido condenado por los tribunales a pagar elevadas sanciones municipales por actuar de manera mucho más estruendosa.

La razón de la clausura fue la orden de cierre interpuesta por el Ayuntamiento de Palma ante dicho local, en 2017, por ofrecer espectáculos musicales sin una licencia de actividad que le habilitara para ello. El establecimiento lo recurrió ante los tribunales, argumentando que la famosa cláusula de actividades complementarias de la ley turística de 2012, aprobada por el gobierno Bauzá, que es la misma a la que se agarran los clubes de playa y hoteles-discoteca ibicencos, se lo permitía.

El TSJB, sin embargo, subraya ahora que como hotel efectivamente puede organizar espectáculos, pero solo pueden disfrutarlos los clientes alojados. Con esta sentencia, la Justicia aclara la ambigüedad de la ley turística, que en Ibiza se ha traducido en una guerra abierta entre establecimientos de ocio diurno y nocturno, y en la conversión de algunas playas en salas de fiestas, irritando a numerosos residentes, que han visto cómo un espacio público acababa privatizándose de facto. El hotel afectado, aunque ya ha perdido en los tribunales ordinarios y en el Superior, tiene la posibilidad de recurrir al Supremo. Si éste vuelve a quitarle la razón, ya no habrá vuelta atrás ni para él ni para otros establecimientos con actividades similares. Algunos músicos mallorquines muy representativos, que ven cómo otro templo del jazz va a echar el cierre, han sido los primeros en protestar por la noticia. Sin duda, les resulta paradójico que el primer hotel al que se le impide realizar espectáculos ofrezca música en vivo y en cambio puedan continuar con su actividad aquellos que programan conciertos de música electrónica mucho más multitudinarios y conflictivos. La interpretación que hace el Tribunal Superior de Justicia de Balears queda meridianamente clara para los hoteles, que ya no podrían seguir cobrando entrada a miles de personas a diario en temporada. Pese a que podrían seguir organizando eventos musicales para sus huéspedes, los números no compensarían la celebración de nada parecido a los actuales desmanes.

Además, la resolución es perfectamente trasladable a los beach clubs o restaurantes con amenización musical, como les gusta llamarlos ahora a sus empresarios. Al igual que los hoteles, solo podrían ofrecer espectáculos musicales para su número máximo de comensales, sin acabar convirtiendo el establecimiento en una atestada pista de baile, tal y como ha venido ocurriendo hasta ahora en algunos locales, que comenzaron siendo un rústico chiringuito y ahora parecen el Ku en los 80. Como ya ha ocurrido más veces, la Justicia puede acabar solventando lo que no resuelve la política. Al final, todo este enorme berenjenal del ocio parece reducirse a dos preceptos extraordinariamente sencillos: cada uno debe actuar de acuerdo a su licencia y la actividad complementaria nunca puede reducir a mera anécdota a la principal.

@xescuprats