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Vieja reivindicación

El delito de enriquecimiento ilícito, nueva herramienta contra la corrupción 16 años después

Se deberán justificar incrementos de más de 250.000 euros, según la propuesta del PSOE y UP | Los expertos celebran la medida pero avisan de que llega tarde y que debe ir acompañada de más iniciativas

Ángeles Muñoz, en agosto de 2017, jura su cargo como alcaldesa de Marbella por segunda vez después de ganar la moción de censura que presentó al alcalde del PSOE. EFE

Hace años que los activistas contra la corrupción reclaman más herramientas para perseguir las argucias legales de quienes dedican su actividad pública al lucro personal. Es conocido que la persecución judicial del entramado de sociedades opacas en el extranjero de quien se ha enriquecido irregularmente es algo así como competir en bicicleta frente a un Fórmula 1. Una de las exigencias del activismo en favor de la ética política e incluso de Naciones Unidas ha sido la de instalar un radar por tramos: si cuando se entra en la administración el patrimonio es de 100 pero cuando se sale esa cifra se ha multiplicado, entonces se debe proceder a sancionar esta 'conducción' del dinero salvo que se justifique fehacientemente. Es por ello que los dos socios del Gobierno quieren introducir esta demanda negro sobre blanco en el Código Penal. Se llama "incremento patrimonial no justificado".

En concreto, PSOE y Unidas Podemos plantean introducir un nuevo delito de "enriquecimiento ilícito" para aquellos cargos públicos que hayan obtenido un "incremento patrimonial no justificado" superior a los 250.000 euros y que sería penado con entre seis meses y tres años de prisión, además de la inhabilitación y multas económicas. Fuentes socialistas sugieren que este tipo penal sería útil para casos conocidos de cargos políticos que han acumulado una riqueza de dudosa procedencia.

En la actualidad, todas las personas que acceden a un cargo han de presentar sus declaraciones patrimoniales pero estas no se revisan cuando dejan el puesto. A partir de ahora, si prospera la iniciativa, se deberá justificar el enriquecimiento personal ante la justicia. Es decir, explicar de dónde sale el dinero. Si no, el castigo serán penas de cárcel de entre seis meses y tres años, de inhabilitación de entre dos y siete años y multas económicas de hasta tres veces lo enriquecido.

La advertencia de los expertos

Joan Llinares, responsable de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, uno de los mayores expertos en la lucha contra la corrupción, se felicita por la iniciativa pero recuerda que llega "con 16 años de retraso" porque en 2006 el Estado firmó la convención de Naciones Unidas contra la corrupción, que ya incluía esta medida. "Me ha sorprendido agradablemente que por fin se incorpore al Código Penal una cuestión tan importante para luchar contra la corrupción", afirma, y señala que otras legislaciones como la británica y la francesa ya lo incorporan, a diferencia de los países del sur de Europa. Llinares recuerda que casos como el del expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra habrían tenido un desenlace final muy distinto con esta medida, ante los cuatro millones de euros de patrimonio detectados en la investigación sobre su persona.

Llinares advierte también que en la actualidad las declaraciones patrimoniales de los cargos públicos carecen de comprobación por parte de algún organismo público que las verifique. Y recuerda que en la lucha contra la corrupción existen muchos deberes pendientes, como la protección a las personas alertadoras de irregularidades, o la protección a los arrepentidos, así como las puertas giratorias de las que se pueden beneficiar los cargos públicos sin incumplir lo anunciado hoy por el PSOE y Unidas Podemos. "La conclusión es que sigue habiendo una inexistente estrategia de lucha contra la corrupción, se reduce todo a la persecución penal".

Evitar los atajos

Simona Levi, activista de XNet contra la corrupción, saluda también positivamente una medida largamente demandada desde diversos ámbitos del activismo, pero advierte que se debería ser más preciso para evitar los atajos de los corruptos: "Primero, se debería añadir que se sancionará a quien no publique su patrimonio de entrada, y después limitar la percepción de dietas y la acumulación de cargos públicos", propone Levi, quien recuerda que en casos como el de las tarjetas Black se constataron dietas muy elevadas. Levi recuerda que todavía hoy numerosos cargos se niegan a facilitar su patrimonio o lo hacen público con serias lagunas. También reclama medidas para evitar que el enriquecimiento lo perciba el partido político que después devuelva el favor al cargo implicado colocándolo en determinadas empresas u organismos. De ahí la reclamación de limitar la acumulación de cargos. "Es por tanto una buena noticia si se afianza la publicación del patrimonio y se perfila cómo se financian los partidos", insiste.

También Naciones Unidas, en una convención contra la corrupción celebrada en 2003, pidió a los estados miembros que se implantara esta medida para luchar de forma más eficaz contra estas prácticas ilícitas en política. "Con sujeción a su constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, cada Estado Parte considerará la posibilidad de adoptar las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito, cuando se cometa intencionalmente, el enriquecimiento ilícito, es decir, el incremento significativo del patrimonio de un funcionario público respecto de sus ingresos legítimos que no pueda ser razonablemente justificado por él", constató la convención, auspiciada por la Oficina contra la Droga y el Delito.

La propuesta del PSOE y UP apunta precisamente a las recomendaciones de la Comisión Europea y a lo que disponen un número creciente de Estados europeos, entre los que se cita a Francia, Luxemburgo, Portugal y Lituania.

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