La Fiscalía Anticorrupción ha pedido a la Audiencia Provincial de Sevilla que ejecute la condena de seis años de cárcel por malversación y prevaricación que le fue impuesta al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán por el caso de los ERE en Andalucía . Aunque en su informe no lo diga expresamente, la posición contraria a suspender la condena, que es lo que había solicitado el exdirigente socialista, supone instar su ingreso inmediato en prisión, tal y como han explicado a El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, fuentes fiscales.

En concreto, la Fiscalía se posiciona en contra de la solicitud de suspensión de las condenas formulada por un total nueve ex altos cargos de la Junta sentenciados por este caso mientras se tramitan los indultos que han solicitado. Se trata de el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá; la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo; el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano; el exconsejero de Innovacion, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo; el exviceconsejero del mismo ramo Jesús María Rodríguez y los exconsejeros de Empleo Jose Antonio Viera, Juan Márquez, y Antonio Fernández García.

Las resoluciones firmes se cumplen

En relación con sus indultos, Anticorrupción señala en su escrito que la suspension tiene carácter excepcional siendo el principio general que el ingreso en prisión tiene un carácter excepcional, "exigido por el interés público que reclama que las resoluciones judiciales firmes se cumplan", o como se recoge en diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional, “ en un Estado de Derecho las sentencias claman por ser cumplidas como exigencia implícita a la eficacia de la tutela judicial".

La Fiscalía señala que hay que atender también a la naturaleza de los delitos por los que los exaltos cargos de la Junta han sido condenados, ya que nos encontramos "ante una forma mas de "corrupción política". "La corrupción política y administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un estado democrático de derecho, en el que han de prevalecer principios como la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparcialidad y la corrección en la actuación administrativa", añade el escrito.

Anticorrupción responde al requerimiento realizado por la Audiencia de Sevilla el pasado 11 de octubre tras recibir la petición de los implicados para suspender la ejecución de sus condenas, una consulta que también se realizó a las acusaciones personadas en el proceso.

Una vez escuchadas las partes, la Audiencia de Sevilla deberá decidir si ordena o no el ingreso inmediato en prisión de Griñán y los demás condenados a penas de cárcel, algo para lo que se suele conceder diez días, según informa Europa PressEn su escrito, la Fiscalía reitera que la suspensión de la ejecución de las sentencias debe tener caracter excepcional, y en este sentido considera que en el caso de las condenas de los ERE dicha excepcionalidad no está justificada.

Además de esta suspensión solicitada a la Audiencia de Sevilla, que es quien le condenó en primera instancia, está aún pendiente de resolver el incidente de nulidad de la sentencia que su defensa presentó ante en el Tribunal Supremo (TS). Se trata de un trámite previo al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que la defensa de Griñán tiene previsto interponer.

El Supremo confirmó el pasado julio la condena que la Audiencia de Sevilla dictó el 19 de noviembre de 2019 para Griñán a una pena de 6 años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación por delitos continuados de malversación y prevaricación, por el procedimiento específico mediante el cual la Junta de Andalucía canalizó sus subvenciones para prejubilaciones en ERE fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas. El alto tribunal ratificó igualmente la condena al también ex presidente andaluz Manuel Chaves a 9 años de inhabilitación por prevaricación, por lo que en su caso no hay pena de cárcel.

Sin embargo, las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo emitieron un voto particular para apartarse del criterio de los otros tres magistrados que firmaron la sentencia, al considerar que Griñán debería haber sido absuelto del delito de malversación porque al situarse fuera de la Consejería de Empleo no participó en la ejecución de la fase final de los presupuestos, por lo que solo ven en él un "exceso de confianza" hacia sus compañeros de Gobierno.

En este recurso se basará previsiblemente la defensa de Griñán para pedir amparo ante el Tribunal Constitucional (TC). Acudir al TC no supone, en todo caso, ni la suspensión automática de su entrada en la cárcel ni su excarcelación si ya para entonces hubiera entrado, dado que el órgano de garantías suele frenar el ingreso en prisión cuando la pena supera los cinco años de privación de libertad.

La condena del Supremo atribuye al expresidente de la Junta de Andalucía el dictado las resoluciones que le han valido una condena de seis años de cárcel, al estimarse que las suscribió "conociendo todas las irregularidades que se estaban produciendo" con anterioridad de su llegada al cargo como Consejero de Economía.

La resolución parece contestar a las voces que, desde que se conoció el fallo en pasado mes de julio, han venido a amparar tanto a Griñán como a su antecesor en el cargo Manuel Chaves, en el sentido de que a diferencia de casos de corrupción vinculados al PP ninguno de ellos se enriqueció con los ERE. Sin embargo, el Supremo señaló que "para la existencia de prevaricación no se precisa que el autor actúe guiado por motivos de interés personal o con un ánimo de enriquecimiento o beneficio personal, siendo suficiente que las resoluciones que se dicten estén orientadas a eludir el cumplimiento de los procedimientos legalmente establecidos".