El bloqueo en la renovación del órgano de gobierno de los jueces traspasa las fronteras. Este mismo lunes, la vicepresidenta de la Comisión Europea ha respaldado al presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, mediante una carta en la que califica de "desesperada" la situación causada por el hecho de que esta institución lleve en funciones casi cuatro años. Pero la situación inédita a la que se ha llegado también es materia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). 

Este jueves vence el plazo que dicho órgano dio al Gobierno Español para la presentación alegaciones frente a una demanda instada por seis magistrados de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV), que solicitan amparo frente a la inactividad de las Cortes Generales en el proceso de renovación del órgano de gobierno de los jueces.

Todos ellos forman parte de la lista de medio centenar de candidatos entre los que el Congreso debe elegir a los nuevos vocales, al haber sido propuestos por la asociación a la que pertenecen, y acuden al TEDH tras haber obtenido un portazo por parte del Tribunal Constitucional (TC) cuando denunciaron que la paralización del proceso afecta también a sus derechos fundamentales.

Las explicaciones del Gobierno son relevantes para que el tribunal resuelva sobre la admisión final de la demanda, si bien el Ejecutivo de Sánchez podría solicitar una prórroga para alejar este trámite del momento actual, especialmente tenso desde que el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, leyera su discurso de apertura del año judicial y adelantara que se plantea dimitir si los políticos no son capaces de llegar a un acuerdo de renovación.

 En su resolución del pasado mes de mayo, Estrasburgo requirió concretamente al Gobierno español para que presente una exposición de hechos junto con sus observaciones sobre la admisibilidad y el fondo de las denuncias presentadas por los seis magistrados. La respuesta del tribunal no será rápida, en todo caso: tras estudiar lo que tiene que decir el Gobierno español, se volverá a escuchar a los demandantes. El TEDH tiene sus tiempos, y fuentes de esta parte consultadas por El Periódico de España calculan que no será hasta el verano cuando el asunto quede para sentenciar.

Dos posibles vulneraciones de convenio

Con ocasión de la admisión provisional de la demanda, el órgano de garantías europeo calificó el asunto como "de impacto". No se trata de una calificación legal, sino de un título que da el TEDH a determinados temas para aclarar su forma de trabajar en atención a su trascendencia, por si la decisión que se acabe adoptando puede obligar a tomar determinadas decisiones a un Estado miembro en relación con un derecho, o bien por su repercusión social y mediática.

En ese momento ya se produjo una decisión importante en relación con artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos, según las fuentes consultadas por este diario. Además de estudiarse una posible vulneración del artículo 6 del Convenio (tutela judicial efectiva, por la negativa del TC de entrar en el asunto), el propio tribunal añadió de oficio que en este caso también podría estar afectada una vulneración del artículo 8, que es el que garantiza el derecho a la vida privada y familiar.

Según las fuentes consultadas, este tema que no fue en principio alegado por los jueces puede tener que ver con los perjuicios de todo tipo que el bloqueo en la renovación está causando a las personas que han aspirado legítimamente al puesto desde hace casi cuatro años, y que pueden haber renunciado a otras actividades mientras su candidatura duerme el sueño de los justos, debido a la incapacidad de los políticos para cumplir con la ley. "Se puede estar afectando a la dimensión profesional de estas personas, que forma parte de su vida privada y familiar", señalan. 

En su demanda, los magistrados esgrimen ante el TEDH que en septiembre de 2018 se remitió al Parlamento el listado de los 50 jueces en activo que se presentaban candidatos para renovar el CGPJ. Desde entonces, estas listas no han sido votadas por las Cortes Generales y "ante la pasividad de las instituciones", el 14 de octubre de 2020 dichos magistrados recurrieron en amparo ante el Tribunal Constitucional por la supuesta vulneración del derecho de acceso a cargo público, recogido en el artículo 23 de la Constitución Española. El TC no admitió a trámite sus recursos de amparo porque consideró que habían sidopresentados fuera de plazo.