El Juzgado de Primera Instancia número 82 de Madrid ha convocado una vista pública el próximo 14 de junio para estudiar si suspende de forma cautelar el nombramiento de los miembros de la candidatura de Vox a las elecciones del 19-J. La medida se enmarca en una demanda presentada por un abogado que busca la anulación de varios artículos de los estatutos del partido liderado por Santiago Abascal, por entender que vulneran los principios de participación democrática que defiende la Constitución.

La diligencia de ordenación dictada por la letrada de administración de justicia del citado Juzgado, adelantada por El Español y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario que pertenece al mismo grupo que este medio, tiene fecha de este jueves. Atiende a la petición cautelar realizada por el abogado Pedro Muñoz Lorite en la que se señala que la adopción de medidas cautelares debe sustanciarse conforme al procedimiento regulado en los artículos 733 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que son los que regulan la audiencia al demandado, en este caso Vox. 

El citado procedimiento es el que prevé la celebración de una vista pública antes de que el juez pueda decidir sobre la suspensión o no de la candidatura. En principio no debe intervenir la Fiscalía, a no ser que se aleguen vulneraciones de derechos fundamentales.

En su demanda, el letrado señala que determinados artículos de los Estatutos de Vox deberían declararse nulos por ser "contrarios al ordenamiento jurídico vigente", lo que lleva a considerar, a su juicio, que Vox se encuentra en fraude de ley y la candidatura encabezada por Macarena Olona es ilegal.

En su argumentación, que se extiende a lo largo de 71 páginas, el letrado se refiere de forma específica a los artículos 24 y 25 de los estatutos de Vox y el artículo 11 de su Reglamento Interno de Procedimientos Electorales, por considerar que son contrarios a los principios de participación democrática que la Constitución establece para los partidos políticos.

En el caso de que dichos preceptos fueran anulados, ello "conllevaría aparejado la nulidad del procedimiento por el que han sido proclamados candidatos a las elecciones andaluzas, al no quedar sujeto tal procedimiento a los principios democráticos exigidos", afirma el documento.

Así, Muñoz Olite alega que las elecciones andaluzas nacen viciadas de "nulidad de pleno derecho", y de no suspenderse ahora la candidatura de Vox, una posterior anulación de los estatutos del partido "supondría un grave y evidente trastorno para los intereses tanto políticos como económicos de España". 

En este caso, los escaños que obtuvieran los de Abascal en el Parlamento andaluz deberían ser removidos debido a una "falta de democracia en el proceso de elecciones internas del partido, principio democrático que es exigido incluso como condicionante para ser Estado miembro de la propia Unión Europea". Fuentes del partido rechazan aclarar a este diario si acudirán a la cita el día 14, puesto que aún no se les ha notificado resolución alguna sobre este asunto.

Muñoz Olite ha presentado un procedimiento similar respecto a los estatutos de IU (Por Andalucía en el 19-J) si bien esta demanda aún no ha tenido ninguna respuesta. En esta segunda petición recuerda que "fue voluntad del Constituyente que el pluralismo político descansase sobre los Partidos Políticos, siendo éstos el instrumento fundamental de participación política". 

La misma voluntad obliga, a su juicio, a que "la estructura interna y el funcionamiento de los Partidos Políticos se llevase a cabo conforme a los principios democráticos", tal y como quedó redactado en el artículo 6 de la Constitución.