Las empresas de más de 100 trabajadores en plantilla tienen la obligación desde este lunes de tener elaborado y registrado ante el Ministerio de Trabajo su plan de igualdad. Una asignatura que la gran mayoría de compañías incumplen, pues en los registros del Ministerio de Trabajo solo tienen constancia de 3.563 planes registrados hasta la fecha, es decir solo el 27% de empresas en toda España han formalizado a tiempo sus obligaciones en esta materia. De no cumplir correctamente con la normativa, las compañías estarían incurriendo en una «infracción muy grave», que está sancionada con multas de entre 6.251 y 187.515 euros. Un plan de igualdad es un documento elaborado y negociado conjuntamente entre empresa y representantes de los trabajadores para agrupar todas aquellas acciones y obligaciones enfocadas a promover la paridad y eliminar las brechas injustificadas de género en el seno de las compañías. Este debe incorporar una diagnosis sobre el estado de la cuestión y una serie de objetivos a revisar periódicamente para reducir las brechas. 

La normativa en materia de paridad en las empresas va quemando etapas y el proceso de adaptación según el tamaño de empresa va incorporando cada vez a más empresas del perímetro de las pymes. Si para estas fechas las compañías de más de 150 trabajadores tenían la obligación de incorporar y registrar su plan de igualdad, este año le toca el turno a las de hasta 100 empleados. El año que viene ya es la última capa y todas las firmas con más de 50 trabajadores deberán cumplir. 

No obstante, los números del registro oficial del Ministerio de Trabajo revelan que no todas las empresas están cumpliendo. Trabajo tiene inscritos un total de 3.563 planes, según confirman fuentes del equipo de Yolanda Díaz. Y en todo el país hay 13.094 compañías de más de 100 trabajadores que deberían tener inscrito un plan, según números facilitados por UGT. Es decir, solo el 27% han cumplido formalmente con sus obligaciones. 

Infracción muy grave

No disponer de un plan de igualdad es una infracción tipificada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Lisos) como falta muy grave. El importe concreto que puede requerir un inspector de Trabajo, en caso de acreditar que la empresa de manera consciente a omitido cumplir con esta obligación, oscila entre 6.251 euros y 187.515 euros, dependiendo del criterio que aplique el inspector: como manifiesto es el incumplimiento, si ha habido requerimiento previo de información que no se ha librado, si ha dificultado la acción inspectora.

Uno de los problemas que ha tenido hasta ahora la Administración para verificar el grado de cumplimiento de las compañías en esta materia es la falta de obligación de las empresas de inscribir oficialmente sus planes de igualdad. Es decir, las compañías tenían la obligación de tener dicho documento, pero si la Inspección no se personaba o si los trabajadores no denunciaban, la empresa podía no cumplir con sus obligaciones y nadie tenía constancia de ello.

La obligación de tener un plan de igualdad para las compañías de más de 100 empleados entra ya en territorio pyme. «Las empresas trabajan para adaptarse, pero la pandemia lo ha complicado todo», afirma la responsable de Igualdad de Pimec, Itziar Ruedas. Diferente versión ofrecen desde los sindicatos. «Se está haciendo tarde, poco a poco y cumpliendo únicamente con los mínimos. Muchas empresas no se lo están creyendo y como mucho tienen un documento en un cajón», afirma Eva Gajardo, de UGT.