DGT 2023: adiós a una sanción que afectaba a muchos conductores en España
M. R.
La DGT ha dejado de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas. A partir de ahora se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).
Para dar de alta en DEV será necesario usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil dónde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Recuerda que si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico.
Las nuevas multas
La nueva ley introduce nuevas multas y endurece otras sanciones. Eso sí, el baremo de las infracciones se mantiene igual: las leves se castigan con multa de hasta 100 euros; las graves, con multa de 200 euros, y las muy graves, con multa de 500 euros.
MUY GRAVES (multa de 500 euros)
- Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir.
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes
- Incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.
- Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas
- Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. En otras palabras, basta simplemente con tenerlos.
- Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar
- Que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco.
INFRACCIONES LEVES (hasta 100 euros de multa)
- Incumplir la obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo.
- Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.
Adiós a una sanción que afectaba a muchos conductores en España
Lo que ahora ya no es obligatorio es llevar encima el carnet de conducir físico. No obstante, en sustitución, tenemos que llevar descargada la app miDGT , en la que sí que aparece este documento y se lo podemos enseñar a los agentes de tráfico en caso de que nos hayan dado el alto. Mucho ojo, el no llevar ni el carnet físico ni la app sí será motivo de sanción que podrá ser de 100 euros o incluso de 600 si está caducado.
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