La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite que todos los conductores deben pasar cuando su vehículo cumple cuatro años. Desde ese momento, hasta que alcance la década de edad, la ITV será obligatoria cada dos años, pasando a ser imprescindible anualmente a partir de los 10 años.

La finalidad de la ITV es velar para que todos los vehículos en circulación estén en buen estado y certificar que cumplen las normas de seguridad y la normativa de emisiones aplicable según su tipo y edad. Al ser un trámite obligatorio, las autoridades pueden sancionar al conductor con una multa si no se circula con la ITV pasada y al día.

Pero llevar la ITV caducada o no superarla no son las únicas prácticas relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos sancionables por los cuerpos de seguridad. Estas son los tipos de multas que tienen la ITV como protagonista:

  • En caso de circular sin la ITV o con la ITV caducada, la sanción económica será de 200 euros, que se reducirán a la mitad con pronto pago.
  • En caso de circular tras intentar pasar la inspección y salir con resultado desfavorable la sanción es la misma: 200 euros o 100 con pronto pago.
  • Circular con la pegatina de la ITV en un coche que no la ha superado será considerado un delito de uso de certificación falsa. La sanción no está definida, pero el Tribunal Supremo confirmó una condena de multa de 720 euros por este hecho a un conductor que llevaba la pegatina de la ITV conforme la había pasado y que tenía fecha de validez hasta 2019 cuando el coche tenía la ITV caducada desde mayo de 2016. El alto tribunal solventó con esta confirmación una cuestión que había generado dudas ante las resoluciones, en ocasiones contradictorias, de varias audiencias provinciales. El Supremo confirmó que el proceso de certificación y control corresponde a la administración pública, por lo que cualquier reproducción o manipulación de las etiquetas de la ITV, así como su uso no autorizado, es constituyente de delito.

Pero, además, hay una peculiaridad que también puede ser motivo de sanción y que a muchos conductores pilla por sorpresa.

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  • Se puede multar por tener el coche aparcado en la calle pero con la ITV caducada. El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos en su artículo 2 dice: "Para la exención de la obligatoriedad de la inspección en razón de la no utilización del vehículo en las vías públicas será requisito necesario obtener la baja temporal del vehículo en la Jefatura Provincial o Local de Tráfico correspondiente, para su anotación en el Registro de vehículos, quien comunicará esta circunstancia al órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de matriculación".

Por ello, se puede abrir un expediente de sanción contra el conductor de un vehículo que no tenga la ITV en regla.