Violencia de género
Estrasburgo condena a Italia por una fiscal que justificó la violación en el seno del matrimonio: "Un hombre debe superar la resistencia de una mujer"
El Tribunal dictaminó que esos razonamientos reflejan "una cultura sexista y estereotipada”, según el TEDH, en un caso que ha suscitado esta semana la indignación en los medios de comunicación italianos

Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia). / EFE

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Italia a indemnizar a una mujer tras desestimarse sus denuncias por violaciones reiteradas a manos de su pareja, un caso en el que la fiscalía italiana llegó a calificar los hechos de "normales". Según el TEDH, la justicia italiana archivó las denuncias de la víctima argumentando que es habitual que los hombres tengan que superar un "nivel mínimo de resistencia" que "toda mujer tiende a mostrar cuando está cansada de la vida cotidiana y un hombre [le hace] una propuesta sexual".
El tribunal de Estrasburgo ha concluido unánimemente que estos razonamientos reflejan "una cultura sexista y estereotipada" y que se han vulnerado los artículos 3 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Asimismo, los juristas han hecho suyas las alertas del informe de GREVIO (el grupo de expertos en la lucha contra la violencia machista del Consejo de Europa), advirtiendo de que este tipo de prejuicios institucionales provocan una victimización secundaria, desamparando a las denunciantes dentro de las propias salas de justicia.
La decisión del TEDH (ECHR 174 de 2026), hecha pública el pasado 2 de julio y que esta semana ha provocado indignación en los medios de comunicación italianos –sin abrir un debate político–, remite al caso de A. C. M. U., una mujer francesa de origen italiano nacida en 1983 que denunció en abril de 2021 ante la policía a su expareja, un ciudadano italiano identificado como G.P. La demandante denunció que, durante los años de convivencia, tanto ella como sus dos hijos menores —nacidos en 2011 y 2014— habían sido víctimas de una violencia física y psicológica continuada por parte del progenitor.
Cuchillo en el cuello
Sin embargo, lo que comenzó como una medida de protección urgente ante el riesgo de una escalada de agresión se convirtió en un calvario institucional. En mayo de 2021, A.C.M.U. y sus hijos ingresaron a petición propia en un centro de acogida. Sin embargo, la justicia penal y de menores italiana se sumió entonces en un entuerto que castigó a la víctima mientras el presunto agresor seguía libre y sin medidas cautelares en su contra.
Tanto es así que la fiscalía llegó incluso de archivar el procedimiento penal a finales de ese año, arguyendo que se había tratado de una "broma pesada" el hecho de que el hombre le hubiera puesto un cuchillo en el cuello a la mujer, alegando que era inviable demostrar que el acusado fuese consciente de la falta de consentimiento sexual. Aunque la defensa de A.C.M.U. logró frenar el carpetazo y reactivar las pesquisas, el proceso se dilató tanto que, tras la apertura de juicio en febrero de 2024, la primera vista fijada para enero de 2025 ni siquiera llegó a celebrarse. Tan solo recientemente, en junio, el hombre fue condenado en primera instancia a una pena de cuatro años y seis meses de prisión por estos hechos.
Una fiscal
El TEDH ha subrayado que este desamparo intensificó el sufrimiento de la mujer al hacerle sentir que esas violencias eran invisibles, lo que provocó graves secuelas también en el bienestar físico y psicológico de los niños. Por todo ello, el fallo ha impuesto a Italia el pago de una indemnización de 15.000 euros para cada uno de los tres afectados, además de otros 15.000 euros conjuntos por costes judiciales, lo que supone un total de unos 60.000 euros.
A.C.M.U. ha calificado esta semana la sentencia de Estrasburgo como "una victoria para todas las mujeres". Aunque el fallo del tribunal no especificaba el sexo de quien firmó el archivo de su causa, la denunciante ha confesado al diario La Repubblica la doble humillación que sintió al enterarse de la identidad femenina de la fiscal que inicialmente había desestimado su caso. "Cuando mi abogado me explicó que un magistrado había exonerado a mi ex afirmando que un hombre debe superar la resistencia de una mujer para mantener relaciones [sexuales], me sentí herida de nuevo. Me quedé en estado de 'shock' al saber después que aquellas palabras procedían de una fiscal mujer", ha dicho.
Lacra sistemática
Esta condena a Italia no es un hecho aislado en la jurisprudencia de Estrasburgo, sino que se enmarca dentro de un goteo constante de tirones de orejas al país transalpino por su pasividad judicial ante la violencia de género. El propio tribunal ha recordado en su jurisprudencia y hojas informativas oficiales (Factsheets) que el maltrato doméstico es un "problema general que afecta a todos los Estados miembros", el cual a menudo permanece oculto al ocurrir "dentro de relaciones personales o circuitos cerrados".
En el caso italiano, sin embargo, este letargo de las autoridades ya costó vidas en el pasado; el histórico precedente del caso Talpis contra Italia de 2017 evidenció cómo la inacción y la sistemática subestimación de la violencia por parte de la justicia —calificada por el tribunal como una forma de "pasividad judicial" incompatible con los derechos fundamentales— no solo perpetúan la impunidad, sino que desembocan en tragedias como el asesinato del hijo de la demandante tras ignorarse sus reiteradas denuncias.
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