Un tribunal del estado brasileño de Minas Gerais condenó a 18 años y 9 meses de prisión a un hombre acusado de violación virtual por haber convencido a dos menores de edad a practicar actos libidinosos frente a la cámara de su computador y haber distribuido los videos por internet.

El condenado, identificado tan solo por las iniciales L. E. F., fue hallado culpable de los crímenes de violación virtual de menor de edad y publicación en redes sociales de material relacionado a abusos y explotación sexual de niños y adolescentes, informó este miércoles el Ministerio Público Federal.

Según el órgano acusador, el hombre abordaba a las menores por redes sociales como Facebook y, mediante amenazas y pese a que no llegó a conocerlas personalmente ni tuvieron contactos, las obligaba a desvestirse frente a la cámara de sus computadores. El condenado almacenó las imágenes y los videos y los divulgó por internet. Las víctimas, de 10 a 12 años, fueron abusadas por cerca de un año, entre mayo de 2012 y abril de 2013.

El tribunal tuvo en cuenta en la condena que el acusado, residente en Nova Lima, uno de los municipios de la región metropolitana de Belo Horizonte (la capital de Minas Gerais), ya había sido condenado en otras dos oportunidades por violación, por lo que es reincidente.

Pese a la elevada pena, el acusado podrá esperar en libertad a que el Tribunal Regional de la Primera Región (una corte de tercera instancia) se pronuncie sobre el recurso que presentó contra su condena debido a que, según la sentencia, "pese a la gravedad de los delitos, los hechos se remontan a 2012 y no hay indicios de crímenes más actuales".

Según los fiscales responsables por la acusación, tras conocer a las menores por las redes sociales y ganarse su confianza, el acusado las convenció a que le mandaran imágenes sin ropa. Posteriormente y ya con esas imágenes en su poder las obligaba a desnudarse frente al computador y a cometer actos libidinosos entre sí con la amenaza de que, si no le obedecían, publicaría en internet o le entregaría a sus familiares el material que ya tenía en sus manos.

"Las víctimas, en la conversación en Facebook o MST, eran inicialmente inducidas a exhibirse desnudas ante un usuario de perfil falso, que se hacía pasar por una adolescente de sexo femenino o por alguna colega de las menores", según el Ministerio Público. De acuerdo con la sentencia, hay en los autos "un conjunto de hechos, pruebas e indicios que demuestran, de forma inequívoca y concatenada, que el acusado fue responsable por la publicación en redes sociales de archivos de vídeos con escenas de explotación sexual se menores, así como de que actuó con el necesario dolo y con plena conciencia de que su conducta era ilegal y reprobable".

El tribunal destacó que en las imágenes archivadas por el acusado es posible percibir que las víctimas estaban "visiblemente avergonzadas y hasta asustadas". Igualmente destacó que la jurisprudencia brasileña ya establece que no es necesario el contacto carnal ni la consumación para configurar el crimen de violación a distancia de menores.