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Justicia

Condenada una turista estadounidense por agredir a dos policías en Ibiza: ni siquiera se presentó al juicio

La mujer deberá abonar 300 euros en indemnizaciones a los agentes que atacó en el aeropuerto y en la comisaría

Un policía trabajando en el aeropuerto de Ibiza.

Un policía trabajando en el aeropuerto de Ibiza. / Vicent Marí

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Guillermo Sáez

Guillermo Sáez

La Audiencia Provincial de Baleares ha confirmado la condena a tres meses de prisión impuesta a una ciudadana estadounidense por un delito de resistencia a agentes de la autoridad, además de 360 euros de multa por dos delitos leves de lesiones, a raíz de sendos incidentes con policías nacionales ocurridos en Ibiza. También deberá abonar 300 euros en indemnizaciones a los agentes atacados.

Los hechos se remontan al 3 de noviembre de 2022, cuando la mujer se encontraba en el control de pasajeros del aeropuerto de Ibiza tras llegar en un vuelo procedente de Londres. Según los hechos que la Audiencia mantiene como probados, un policía le indicó en reiteradas ocasiones el lugar por el que debía pasar el control, pero ella hizo caso omiso.

La Sala señala, después de revisar las grabaciones aportadas al procedimiento, que el agente abandonó la garita, se dirigió a la zona delimitada por las cintas y, tras retirar una de ellas, indicó a la pasajera el recorrido que debía seguir. La mujer trató pese a ello de acceder por otra vía, eludiendo la fila. El policía la sujetó entonces del brazo con cierta firmeza para reconducirla al itinerario correcto y posteriormente la soltó con un impulso que la Audiencia califica como un «empujón leve».

Fue en ese momento cuando, según la resolución, la acusada se giró, encaró al agente y alzó el brazo hasta golpearle en el rostro, provocándole una erosión facial. A continuación se produjo un forcejeo durante la detención en el que la mujer llegó a propinar patadas antes de que, con ayuda de otro agente, la redujeran. El policía sufrió erosiones en la cara y en el brazo izquierdo que necesitaron una única asistencia facultativa y tardaron siete días en curar.

Horas después se produjo un segundo episodio en la comisaría. Sobre las cinco de la tarde, cuando la detenida iba a reingresar en la celda, arañó a otro agente en la mano derecha. Este segundo policía sufrió una laceración en el antebrazo y la mano derecha y una contusión en el codo izquierdo, lesiones que necesitaron una única asistencia facultativa y sanaron en tres días.

La defensa denunció un exceso de fuerza

La defensa solicitó la absolución alegando, entre otros motivos, incongruencia, error en la valoración de la prueba y vulneración de la presunción de inocencia. Sostenía que la actuación policial en el aeropuerto había sido desproporcionada y que la reacción de la acusada, que ni siquiera compareció en el juicio, la había provocado la conducta del agente.

La Audiencia admite que el policía utilizó «cierta fuerza» para dirigir a la mujer y que su intervención pudo resultar «rigurosa», pero concluye que no existió una extralimitación grave y notoria que hiciera perder al agente la especial protección penal correspondiente al ejercicio de sus funciones. El tribunal destaca que el uso de la fuerza se produjo después de que la pasajera hubiera recibido reiteradas indicaciones sin atenderlas. Por ello, considera que no puede apreciarse una actuación provocadora ni una extralimitación de la gravedad exigida por la jurisprudencia.

La Sala añade que la reacción de la acusada, al encararse con el agente y agredirlo, no puede calificarse como defensiva, sino como una respuesta «injustificada y desproporcionada». También considera que las lesiones sufridas por la propia recurrente se explican por la fuerza que fue necesario emplear para detenerla después de que agrediera al funcionario.

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